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Los propietarios encuentran una vía para subir el alquiler más del 2% permitido

Algunos propietarios intentan sortear el límite del 2% a las subidas del alquiler y la prórroga forzosa de los contratos de alquiler aprobadas por el Gobierno

Los propietarios encuentran una vía para subir el alquiler más del 2% permitido

Cartel de una vivienda en alquiler. | Europa Press

La oferta de alquiler ha caído en los últimos meses mientras que los precios siguen disparados, sobre todo en algunos lugares de España, tal y como les hemos contado en este diario. Tras el bajón que se produjo durante la pandemia, los precios comenzaron a crecer en todas las comunidades autónomas y en las principales capitales de provincia, a pesar del tope del 2% a los alquileres impuesto por el Gobierno que comenzó en marzo.

Desde la aprobación y posterior prórroga de esa medida, las voces expertas del sector han asegurado en reiteradas ocasiones que podría provocarse el efecto contrario al deseado, según hemos contado en THE OBJECTIVE. Además, tal y como está planteada la ley, deja ciertos resquicios para que los propietarios esquiven, de manera legal, su cumplimiento.

Algunos caseros, al ver que están perdiendo poder adquisitivo con sus arrendamientos, están utilizando distintas argucias para poder saltarte las medidas del Gobierno. Una de las medidas a las que recurren (en el caso de que el arrendamiento termine este año tras finalizar el cuarto año de contrato) es utilizar la figura jurídica de la tácita reconducción.

«De esta manera, no tendrán que actualizar las rentas conforme al IGC, que establece un máximo del 2%, y podrán seguir con los mismos inquilinos sin firmar un nuevo arrendamiento. Además no estarían obligados a  vincularse por nuevos plazos de cinco o 7 años», afirma José Ramón Zurdo, director general de la Agencia Negociadora del Alquiler.

El propietario puede usar esta medida en aquellos supuestos en los que, finalizando la duración de los arrendamientos, el arrendador desee seguir con los mismos inquilinos, pero sin querer obligarse con ellos por un nuevo plazo de alquiler de 5 o 7 años, explican. Además, la «actualización de los arrendamientos renovados no estaría sujeta al límite de actualización del 2%, sino al que apareciera recogido en el contrato inicial».

Para poder utilizar esta figura es necesario que se hayan agotado todas las prórrogas del arrendamiento y que el arrendatario permanezca en la vivienda durante 15 días después de vencido el contrato sin que el propietario le solicite la devolución de la posesión del inmueble. Esta práctica es posible únicamente para los contratos anteriores a marzo de 2019, cuando los arrendamientos pasaron a durar de 3 a 5 años, más 3 de prórroga tácita.

En estos casos, el propietario esquiva el límite del 2% impuesto por el Gobierno y puede actualizar la renta del nuevo periodo a través del IPC, si su contrato así lo recoge. El nuevo arrendamiento surgido de esta figura no se regiría por las normas de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sino por el Código Civil.

Nuevos pisos

El Gobierno y sus socios temen que la futura Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda  quede sin efecto en las cuestiones referentes al alquiler por la elevada inflación y por los aspectos más técnicos que dejan resquicios, como el anterior, para sortearla.

Lo que pretenden tanto los demás socios como Podemos es que las nuevas viviendas que se oferten en alquiler, una vez aprobada la Ley, también estén incluidas dentro de la categorización de zona tensionada. Conforme al texto actual, las nuevas viviendas que se pongan en alquiler quedarían fuera del control de precios.

«Lo que puede suceder, si no se modifica esta cuestión, es que los fondos o un propietario que tenga quince inmuebles, decida retirarlos del mercado cinco meses y volverlos a poner en alquiler después, esquivando el control de precios», explican fuentes de Podemos.

Esta semana el Congreso de los Diputados ha convalidado el Decreto Ley 20/2022, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 27 de diciembre, así como su tramitación como Proyecto de Ley. Desde la asociación de propietarios ASVAL insisten en que las medidas sobre alquiler son «una usurpación del derecho de propiedad de más de dos millones de propietarios, recogido en el Artículo 33 de la Constitución». En cuanto a la renovación hasta el año que viene del límite del 2% a las subidas del alquiler, la prórroga forzosa de los contratos de alquiler y la paralización de desahucios a inquilinos morosos, los propietarios considera que «son medidas que ahondan en la gran inseguridad jurídica que existe en este mercado» y que ha detraído la oferta de vivienda en alquiler hasta en un 17%.

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