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El Constitucional admite los recursos contra la demolición de la Isla de Valdecañas

La medida congelará los planes contra las edificaciones en la zona y se ha aceptado al considerar que la causa tiene especial trascendencia

El Constitucional admite los recursos contra la demolición de la Isla de Valdecañas

El complejo de Valdecañas.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de amparo presentados contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó la demolición de la «Isla de Valdecañas», el complejo urbanístico en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en Cáceres.

Según ha informado el órgano de garantías, este miércoles el Pleno ha admitido los recursos planteados por la Junta de Extremadura, las comunidades de propietarios del complejo y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo. Los tres han alegado una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a un proceso con todas las garantías.

La decisión del Pleno de admitir a trámite los recursos contará con el voto particular de los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Ricardo Enríquez Sancho, María Luisa Balaguer Callejón, Ramón Sáez Valcárcel e Inmaculada Montalbán Huertas, según ha precisado el tribunal.

El Constitucional admite la causa

El Pleno ha apreciado que las cuestiones planteadas en estos recursos de amparo tienen especial trascendencia constitucional. Por un lado, ha considerado que pueden dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia de un proceso de reflexión interna. Y por otro, han estimado que el asunto trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica.

El complejo fue objeto de dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en 2011, en las que se anulaba la decisión aprobatoria del proyecto adoptada por la Junta de Extremadura y se ordenaba la reposición de los terrenos a la situación anterior a la aprobación del citado proyecto de construcción, decisión que fue confirmada por el Tribunal Supremo tres años más tarde.

En 2021, una vez abierto el trámite, el tribunal extremeño declaró la imposibilidad de ejecutarla las sentencias en sus propios términos y acordó su ejecución material parcial, lo que implicaba la demolición de todo lo que se encuentra en fase de estructura o no está terminado y en funcionamiento, así como la conservación del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento.

Este año, el Supremo estimó un recurso de casación presentado al considerar que no concurrían causas que justificaran la imposibilidad de ejecutar las sentencias en sus propios términos en cuanto a la demolición también de lo construido y en funcionamiento.

Es contra esta sentencia del Supremo que se presentaron los tres recursos de amparo que este miércoles ha admitido a trámite el Constitucional.

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