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¿Quién puede reclamar las multas por los bienes en el extranjero no declarados?

Los principales beneficiados de la sentencia del TJUE son los contribuyentes que han recurrido por vía administrativa o judicial contra Hacienda

¿Quién puede reclamar las multas por los bienes en el extranjero no declarados?

Jordi Pujol. | Europa Press

Un total de 230 millones de euros desde 2013. Es la cantidad recaudada por Hacienda gracias a las multas cursadas por la Agencia Tributaria en relación a la declaración de bienes en el extranjero. Así lo reveló este jueves la ministra María Jesús Montero tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que considera «desproporcionadas» estas sanciones. Sin embargo, la Administración no tendrá que devolver la totalidad de lo recaudado. Ni mucho menos, a pesar de que el fallo europeo considera ilegal el régimen sancionador empleado.

El fallo del TJUE no tiene carácter retroactivo en términos generales. Quienes ya han abonado las multas impuestas por Hacienda tras haber cumplimentado el modelo 720, no podrán recuperar su dinero si nunca recurrieron la sanción. Así lo afirman expertos en derecho tributario consultados por THE OBJECTIVE. Por el contrario, los principales beneficiados de la sentencia europea son los contribuyentes que tienen reclamaciones abiertas por vía administrativa o judicial contra la Agencia Tributaria.

Entre otros, la familia Pujol podría llegar a recuperar más de dos millones de euros. Es la cantidad que la esposa de Jordi Pujol y Soley y sus cuatro hijos admitieron tener en Andorra tras cumplimentar en 2014 el modelo 720 de la Agencia Tributaria. En paralelo a la investigación penal en su contra, los Pujol recurrieron la sanción. Consideraban que la ley de Hacienda era contraria a Derecho, tal y como ha confirmado ahora el TJUE.

Principales beneficiados ante Hacienda

«La sentencia del TJUE va a tener un efecto inmediato en los casos que se encuentran sub iúdice. En estos momentos hay miles de reclamaciones abiertas, mucha gente afectada», afirma Almudena Medina, directora del área tributaria del despacho de abogados Ceca Magán. «Esos procedimientos en vigor son a los que va a afectar rápidamente esta sentencia. El TJUE considera absolutamente desproporcionadas las sanciones», agrega.

«Los que han recurrido van a ganar de forma casi automática. Ningún juez va a actuar contra la sentencia del TJUE», indica por su parte Enrique Benavente, socio director de Garrido Abogados. «Por el contrario, los que han pagado sin haber recurrido nunca las sanciones, que ascendían hasta los 5.000 euros tan solo por haber omitido algún dato en el modelo 720, lo van a tener muy difícil», añade el experto en derecho tributario.

La propia ministra María Jesús Montero indicaba este jueves que habrá que esperar a abril para saber el montante exacto que Hacienda deberá devolver. Muchos de los casos recurridos ni siquiera van a suponer un desembolso para la Administración, sino una disminución de los ingresos previstos. Al recurrir por vía administrativa una sanción de la Agencia Tributaria, ésta queda suspendida de forma automática. Cuando se aplique en la legislación española lo dispuesto por el TJUE, el contribuyente se verá liberado de la sanción. «No va a ser tanto un desembolso millonario para Hacienda sino una ausencia de ingresos», señala Almudena Medina.

Regularizaciones fiscales afectadas

Además de los que han recurrido en vía administrativa o judicial, hay otro supuesto en el que Hacienda podrá verse obligada a devolver las cantidades ya cobradas. «Podrán reclamar aquellos contribuyentes que hubiesen efectuado una regularización fiscal con Hacienda en la que hayan declarado como ganancia patrimonial no justificada algún bien en el extranjero», explica la responsable del área tributaria de Ceca Magán.

«En esos casos el contribuyente puede solicitar la devolución de ingresos indebidos, porque ha pagado por la aplicación de una norma que acaba de declarar nula el TJUE», añade la experta en derecho tributario. «Si me han regularizado por una cuota declarada como ganancia patrimonial no justificada, aunque tenga una sentencia firme en contra, hay que recurrirlas. Esas también se van a poder ganar», coincide Enrique Benavente.

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