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Cataluña

El alquiler tendrá un límite de precio en 60 ciudades catalanas

El alquiler tendrá un límite de precio en 60 ciudades catalanas

Brais Lorenzo | EFE

Este martes 22 de septiembre entrará en vigor la ley de regulación de contratos de arrendamiento, que el Parlament aprobó la semana pasada, para ajustar los alquileres al límite de precio establecido por la Generalitat en aquellos municipios o zonas donde se considera que escasea la vivienda asequible.

Lo más importante: los límites al precio de alquileres se aplicarán de forma inmediata, sin esperar al mínimo de nueve meses que se demoran los trámites administrativos necesarios para declarar una zona como mercado «tenso». Entre los 60 municipios están incluidas las cuatro capitales de provincia, pero habrá que esperar a los recursos de inconstitucionalidad que puedan presentarse contra la ley. El Consejo de Garantías Estatutarias ha estimado que podría vulnerar varios preceptos de la Carta Magna.

La nueva legislación -que prevé multas de hasta 90.000 euros- establece que, en los nuevos contratos de alquiler, el precio quedará vinculado al índice que establezca la Agencia de Vivienda de Cataluña por metro cuadrado. Tampoco se podrá subir el precio por encima de ese índice en el caso de los inmuebles que en los últimos cinco años hayan estado alquilados por debajo del índice de referencia marcado.

La ley prevé una excepción para los propietarios que acrediten ingresos inferiores a 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) -1.422,80 euros-, quienes podrían mantener el precio del alquiler antiguo o subirlo hasta el índice de referencia. Esa excepción, no obstante, no sería aplicable en el caso de que la unidad familiar de los inquilinos tuviera unos ingresos inferiores a 1.991 euros, es decir 3,5 veces el IRSC.

Es requisito imprescindible para que un municipio o barrio pueda aplicar la limitación de alquileres que se declare mercado de arrendamientos «tenso», es decir, que el precio del alquiler supere el 30% de los ingresos habituales de los hogares, la renta media de las personas menores de 35 años o haya crecido tres puntos por encima del IPC en los últimos cinco años. Ahora bien, ¿quién tiene potestad para declarar un mercado inmobiliario como «tenso»? La Generalitat, los ayuntamientos, consejos comarcales o las diputaciones. Esta declaración tendrá una duración máxima de cinco años, prorrogables por otros cinco, y puede quedar sin efecto si desaparece la situación inmobiliaria que lo provocó.

Además, los ayuntamientos podrán flexibilizar la norma y adaptarla a las necesidades de cada municipio, lo que les permitirá disminuir o incrementar el precio del índice de referencia en un 5% y excluir a las viviendas con más de 150 metros cuadrados.

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