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La reforma de la ley del aborto de Montero «discriminará» a los médicos objetores

Los sanitarios aseguran que con esta legislación hay una intencionalidad «bien clara» de «acabar» con la objeción de conciencia en los profesionales de la salud

La reforma de la ley del aborto de Montero «discriminará» a los médicos objetores

Irene Montero, ministra de Igualdad. | Europa Press

«Con esta reforma se quiere trasmitir un mensaje bien claro: si eres objetor de conciencia no tienes nada que hacer en los servicios de ginecología de un hospital público». Así de tajante se muestra a THE OBJECTIVE José Antonio Díez, profesor de Derecho y coordinador general de Andoc (Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia), ante la reforma de la ley del aborto que plantea el Ministerio de Igualdad y que, en su opinión, «discriminará» a los médicos objetores.

La cartera de Irene Montero lleva varios meses trabajando en la propuesta a través de la cual pretende que en todos los hospitales públicos con servicio de ginecología y obstetricia de España cuenten con profesionales que puedan practicar un aborto.

En 2020, últimos datos disponibles, se practicaron en España 88.269 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE), de las cuales solo el 15,49% tuvieron lugar en hospitales públicos. Y es que según datos facilitados por el Ministerio de Sanidad, se cuentan hasta cuatro comunidades autónomas, Extremadura, Madrid, Castilla-La Mancha y Murcia, junto a las ciudades de Ceuta y Melilla, donde no se practica ningún aborto en la sanidad pública desde hace varios años. Además, en regiones como Andalucía, Castilla y León, La Rioja o Cantabria solo disponen de un centro público con personal sanitario dispuesto a practicar el aborto.

Esto, a efectos prácticos, provoca que miles de mujeres deban desplazarse cada año de ciudad o comunidad autónoma para ejercer su derecho, o bien que las IVE tengan lugar en clínicas concertadas para evitar conflictos de intereses y asegurar una rápida atención.

Llegados a este punto, cabe preguntarse, ¿por qué ocurre esto cuando en España se puede abortar libremente desde la aprobación de la nueva ley en el año 2010? En todos los casos, las razones que argumentan los servicios hospitalarios apuntan a la objeción de conciencia, un derecho, según el artículo 19.2 de la referida Ley Orgánica, al que el profesional sanitario se puede acoger para no practicar el aborto «por razones de conciencia». Siendo esta, señala el texto, «una decisión individual, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito».

Y en este contexto, afloran de nuevo las preguntas, ¿cómo se va a proceder en aquellos hospitales públicos donde no se practica ninguna interrupción voluntaria del embarazo una vez aprobada la nueva ley del aborto en la que trabaja el Gobierno? En este sentido, José Antonio Díez cree que lo que posiblemente ocurra es que se busquen sanitarios «dispuestos» a realizar abortos y «facilitar» que éstos entren en los servicios de ginecología, lo cual, en su opinión, «puede crear problemas de igualdad hacia los que ya están ahí vulnerando sus derechos». «Es evidente que detrás de esta legislación hay una intencionalidad bien clara, que es acabar con la objeción de conciencia en los profesionales de la salud», explica el experto, haciendo hincapié en que «la objeción de conciencia es intocable ya que afecta a lo más intimo de las personas».

En este sentido, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, dejó por su parte claro que «no hay ninguna intención de regular la objeción de conciencia», aunque sí reconoció que es necesario mejorar el procedimiento porque «la objeción de conciencia no puede estar por encima del acceso y la calidad asistencial» que reciben las mujeres.

Registro de objetores: «Una lista negra»

Según anunció la ministra de Igualdad, Irene Montero, la reforma de la ley del aborto, cuyo borrador se prevé que esté finalizado en las próximas semanas –se esperaba que estuviera listo a finales del ya extinto 2021–, incluirá la creación de un registro de médicos objetores de conciencia «que permita identificar necesidades en cada área sanitaria, de modo que se pueda garantizar el derecho en todos los casos».

No obstante, en Navarra ya existe uno de estos inventarios –parecido al de la ley de la eutanasia– sin que haya tenido mucho éxito. Según ha podido saber THE OBJECTIVE, no llegan a la decena los médicos inscritos en este registro cuyo objetivo es «crear y regular el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la interrupción voluntaria del embarazo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea», según se puede leer en la Ley Foral 16/2010.

Una medida muy criticada por el colectivo sanitario ya que, aseguran, se trata de algo discriminatorio que podría afectar al empleo médico». Así lo manifiesta a este periódico el médico anestesista Guillermo Miguel Ruano, que señala que «el hecho de que estemos obligados a llevar un registro de las ideas personales de cada uno da un poco de miedo». «Ahora que vivimos en la era de la protección de datos me parece un contrasentido que me obliguen a dejar constancia por escrito de aquello en lo que pienso», argumenta.

En la misma línea se pronuncia Díez, que asegura que estos registros son «listas negras para que de alguna manera queden señaladas la personas que quieran ser objetoras». «Es un tema peligrosísimo», hace hincapié el letrado, que asegura que «por más que sean datos confidenciales, como pasa con el registro de la eutanasia, es información que se filtra, llegando a crear conflictos médicos muy serios, problemas de identidad, discriminación y señalamientos», concluye.

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