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La Audiencia de Madrid valida la causa del caso Máster

La Audiencia de Madrid ha desestimado la pretensión del catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos Enrique Álvarez Conde de que se considere prospectiva y por tanto nula la investigación contra él de la jueza Carmen Rodríguez-Medel, que ya le comunicó que el denominado caso Máster no es una causa general, informa Efe. En un auto la Audiencia Provincial rechaza el recurso del exdirector del Instituto de Derecho Público y de la también investigada Amalia Calonge, funcionaria de la misma universidad que presuntamente alteró las notas del máster de la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes, igualmente imputada, contra la resolución dictada por la jueza el pasado 20 de junio.

La Audiencia de Madrid valida la causa del caso Máster

La Audiencia de Madrid ha desestimado la pretensión del catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos Enrique Álvarez Conde de que se considere prospectiva y por tanto nula la investigación contra él de la jueza Carmen Rodríguez-Medel, que ya le comunicó que el denominado caso Máster no es una causa general, informa Efe. En un auto la Audiencia Provincial rechaza el recurso del exdirector del Instituto de Derecho Público y de la también investigada Amalia Calonge, funcionaria de la misma universidad que presuntamente alteró las notas del máster de la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes, igualmente imputada, contra la resolución dictada por la jueza el pasado 20 de junio.

La Audiencia establece que «la investigación ordenada en absoluto puede considerarse prospectiva al centrarse en unos hechos concretos que pudieran estar en relación de continuidad delictiva con otros y no es una causa general contra determinada persona o personas analizando en su conducta en su globalidad». «En la investigación prospectiva, denostada por nuestro ordenamiento jurídico, se parte de una persona y se le somete a una especie de causa general en averiguación de todas las conductas delictivas que se le puedan atribuir pero no es el caso que nos ocupa», establece el auto del caso Máster.

La resolución añade que en este caso «se parte de unos hechos claros, perfectamente definidos, sin perjuicio de a quién pueda imputarse y cuál sea finalmente su calificación jurídica». «Difícilmente podría el Juzgado indicar a la Policía que no investigue unos delitos o que no ponga en su conocimiento hechos relacionados con los mismos si al hilo de la investigación policial surgen otros nuevos, similares o iguales en relación de continuidad delictiva», agrega. Los magistrados concluyen que «tal situación, que es lo que parece pretender la defensa de los investigados, alteraría el buen hacer procesal de cualquier instrucción judicial» y por eso confirman el auto del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid que rechazó la pretensión de los imputados.

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