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Un autor del informe de Sumar sobre la amnistía tildó a los líderes del 1-O de «presos políticos»

Fue muy crítico con la sentencia del Supremo y sostuvo que fue de una «extrema e injustificada dureza»

Un autor del informe de Sumar sobre la amnistía tildó a los líderes del 1-O de «presos políticos»

Los líderes del 'procés' durante el juicio del 1-O en el Tribunal Supremo. | Europa Press

Nicolás García Rivas, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha y uno de los autores del dictamen jurídico de Sumar sobre el «encaje de la amnistía» en el marco constitucional, señaló en 2017 tras el procesamiento de los líderes del 1-O de Cataluña que se les podía considerar «presos políticos».

Así se recoge en una entrevista que le realizó el Grupo de Investigación en Derecho Penal, Criminología, Democracia y Derechos Fundamentales de la Universidad de Jaén y en la que señalaba que los políticos catalanes fueron a prisión por delitos «ni mucho menos demostrados». Cabe recordar que en 2019 el Tribunal Supremo dictó sentencia al respecto y consideró probados los delitos de sedición y malversación.

«Y creo, creo firmemente, después de leer los autos de procesamiento, etcétera, que se está utilizando el Derecho Penal para segregar y para inhabilitar políticamente a un sector del secesionismo y del independentismo catalán», apuntaba para luego resaltar que el Derecho Penal era «el peor de los instrumentos» para afrontar el 1-O. García Rivas abogaba entonces por una negociación política del problema y aseveraba que en los sucesos de 2017 había existido violencia por parte de la Policía, por parte del Estado y por parte del Govern.

Sobre la actuación de la Policía tanto el 20 de septiembre como el 1 de octubre de 2017 –cuando tuvo lugar el referéndum–, el catedrático la calificó de «completamente perniciosa», y en cuanto a la «violencia institucional» del Gobierno español, apuntó que mantenía esa afirmación en tanto en cuanto se utilizaron «todas las armas, incluido por supuesto el Ministerio Fiscal (…) de una forma indirecta». En ese sentido, apuntó que también se usó a los jueces de instrucción –cabe recordar que el instructor del 1-O es el juez del Supremo Pablo Llarena–, porque depende de a quién atribuyes determinadas causas sirve «para forzar un proceso político».

Con todo, el catedrático también habló de que se dio una violencia institucional por parte del Govern porque «está segregando de una manera clarísima a prácticamente la mitad de la población con un criterio (…) muy, muy autoritario, muy nacionalista en el sentido de segregacionista».

«Ingredientes autoritarios»

En cuanto a la condena del Supremo a los líderes del 1-O, en un artículo escrito el 17 de octubre de 2019 para The Conversation y recogido por la Universidad de Castilla-La Mancha, García Rivas sostenía que la sentencia del Supremo de la que fue ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, «contiene claros ingredientes autoritarios» a pesar de que a muchos «les parezca demasiado blanda en sus condenas» porque no se calificaron los hechos como rebelión.

Para él, la sentencia que acabó con los 12 líderes condenados por delitos de sedición, malversación y desobediencia, y que comprendió penas de hasta 13 años de prisión, fue de una «extrema e injustificada dureza». «Al resucitar el delito de sedición para castigar a los independentistas, el Tribunal Supremo asume una concepción del orden público que se parece sospechosamente a la definición del mismo en la Ley franquista de 1959″, añadía, para luego recordar que esa ley franquista hablaba del «normal funcionamiento de las instituciones» y que este es un «concepto totalizador muy alejado de la simple tranquilidad en la calle, propio de los Estados democráticos».

Así, aseveraba que se trató de una condena «injusta» y «por un delito que debería desaparecer» dado que sus «antecedentes castrenses y la ambigüedad de la conducta punible (que lo mismo sirve para castigar a controladores aéreos, movimientos contra los desahucios o escraches a parlamentarios) resultan insoportables en términos de calidad democrática de la legislación».

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