Zapatero ya podría ir a prisión sólo por las joyas si no logra demostrar que su origen es lícito
Las piezas del millón de euros –por lo menos– meten en aprietos al expresidente, ya que prueban un presunto delito fiscal

Una de las joyas halladas por la UDEF en la caja fuerte de Zapatero.
Diamantes, rubíes, esmeraldas y un zafiro. Esas son las piedras preciosas que conforman el conjunto de vistosas joyas que el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero guardaba en la caja fuerte de su despacho de la calle Ferraz, frente a la sede del PSOE. Las joyas, incautadas por la UDEF, ya han recibido una primera valoración por expertos de la firma de subastas Ansorena, que eleva su coste a más de un millón de euros como mínimo. Un importe que ya mete en problemas a Zapatero con Hacienda, puesto que al no constar como declaradas —siendo un regalo— podrían ser constitutivas de delito fiscal de entre dos y seis años, con la posibilidad de penas de diez años si fuese en su modalidad agravada, además de abonar el indicio de un delito de blanqueo de capitales si su origen no fuese lícito. Sólo podría frenarlo si las declara voluntariamente antes de que la Agencia Tributaria inicie actuaciones, si es que lo hace. Un particular acaba de denunciarlo ante Hacienda.
Las joyas de Zapatero son un gravísimo problema legal para el expresidente. Al margen de todo lo que contiene el sumario del caso Plus Ultra, con sus conexiones con Venezuela y China o los negocios que giraban en torno al petróleo y a las exportaciones de oro, la gargantilla, pulseras y pendientes engarzados con piedras preciosas que halló la UDEF en su caja fuerte son en sí mismos un —presunto— delito fiscal. Eso sí, depende de Hacienda que lo sea, puesto que es el organismo que debe calificarlo como tal. De momento, no lo ha hecho.
En España, cuando alguien recibe como regalo un bien de un valor significativo, está obligado a declararlo y pagar impuestos por ello. Da igual que sea dinero, un coche o unas joyas. Se tributa a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y quien recibe el regalo es quien debe tributar. Con joyas valoradas en más de un millón de euros, y sin que haya parentesco cercano con quien las entregó, el tipo impositivo rozaría el máximo: entre 300.000 y 340.000 euros que Zapatero podría no haber ingresado en la Agencia Tributaria cuando recibió el ‘obsequio’.
Si el valor de lo que no se ha pagado pasa de los 120.000 euros, se supera el umbral de la multa administrativa: es un delito. El artículo 305 del Código Penal es claro: eludir el pago de impuestos por encima de esa cantidad, con intención de hacerlo, es delito fiscal. La pena va de uno a cinco años de prisión, más una multa de hasta seis veces lo defraudado. Con una cuota impagada que podría rondar los 300.000 euros, Zapatero estaría muy por encima de ese umbral.
Pero el asunto se complica para Zapatero. El Código Penal contempla un subtipo agravado, recogido en el artículo 305 bis, que endurece las penas cuando la cuota defraudada supera los 600.000 euros. No el valor de las joyas, sino la parte que le correspondería a Hacienda (el importe total de las joyas debería rozar para ello los 1,4-1,5 millones de euros). En ese caso, la prisión sube desde los dos a seis años por un delito fiscal básico y puede alcanzar los diez en su modalidad agravada. Dependiendo de cómo quede la valoración definitiva de las joyas —la casa de subastas Ansorena, como ha adelantado El Confidencial, ya habla de más de un millón— y del tipo impositivo exacto que resulte aplicable, ese segundo umbral podría alcanzarse. De ser así, ya no se trataría del delito básico, sino de su versión más grave, la que hace casi imposible cualquier suspensión de condena o acuerdo.
Hacienda decide, pero ya hay denuncia
Hacienda, sin embargo, tiene la última palabra. El delito fiscal no funciona como un robo o una agresión, que cualquiera puede denunciar ante un juez. En la práctica, es la Agencia Tributaria la que debe detectar la irregularidad, hacer sus cálculos y decidir si hay indicios suficientes para remitir el caso al fiscal. La denuncia que ha presentado un particular este mismo lunes tiene valor de presión, ya que en principio obliga a la administración a investigar. Pero sin que Hacienda se pronuncie, el proceso penal no arranca.

Mientras eso no ocurra, Zapatero tiene una salida. El propio Código Penal, en su artículo 305.4, establece que quien regularice voluntariamente su situación fiscal antes de que Hacienda inicie actuaciones formales queda libre de responsabilidad penal. Bastaría con que declarara las joyas y pagara lo que corresponde. Eso si Hacienda no decide iniciar una investigación propia sobre las joyas antes.
Por otra parte, el hecho de que las joyas permanezcan ocultas —hasta su incautación— complica el asunto. Si Zapatero decidiese adelantarse a una investigación y pagar lo correspondiente a ese «regalo de viaje», como las ha calificado su entorno, debería aclarar el origen lícito de las joyas. De lo contrario, podría entenderse que está intentando dar condición legal a un bien que podría superar el millón de euros. Las joyas podrían ser decomisadas y se abriría la puerta a que un tribunal lo considere blanqueo de capitales. En ese caso, además de la pena de prisión, se le sumaría una multa que multiplica por tres el valor de las joyas.
