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Un notario gratuito en cualquier momento

El Portal Notarial del Ciudadano es una alternativa directa, ágil y segura para los particulares y empresas que necesiten los servicios de un notario

Un notario gratuito en cualquier momento

Scott Graham | Unsplash

En algunas ocasiones y para muy diferentes asuntos se hace necesaria la supervisión de un notario. No solo para formalizar una hipoteca, que suele ser la práctica más cotidiana y en la que muchos piensan irremediablemente cuando se habla de uno de estos profesionales; es imprescindible contar con un notario para numerosos trámites, pero muchos no serán conscientes de ello hasta que realmente lo necesiten y no sepan cómo proceder y/o a quién acudir.

En España hay notarios en abundancia en las grandes ciudades, en las pequeñas y en los pueblos. No faltan, aunque el desconocimiento sobre esta ocupación aún impera y para docenas de personas la necesidad de un notario no es más que otra traba en sus intenciones legales de cualquier asunto que les ocupe. Una vez que son conscientes de que es imprescindible un notario, también topan con la cruda realidad de que cualquier servicio tiene un precio y, aunque la retribución de estos profesionales se justifica en un «arancel determinado por real decreto», sus tarifas no acostumbran a ser baratas. Se suelen incluir otros conceptos que pueden no venir a cuento, como un seguro de responsabilidad civil, escrituras y, sobre todo, «otros conceptos» que, en cualquier caso, deberían cotejarse.

«Doy fe»

Los notarios asesoran y ofrecen una curiosa «seguridad jurídica extrajudicial» que es esencial en cuestiones tan variadas como constituir una sociedad, una compraventa, un arrendamiento, un testamento, una boda o un divorcio. A ellos se les atribuye la frase «doy fe» de toda la vida, literalmente. Porque un notario es un funcionario público al servicio de los ciudadanos cuya función pública está regulada por la Ley del Notariado, que data -ojo- de 1862 y que comienza así:

«DOÑA ISABEL II, Por la gracia de Dios y la Constitución Reina de las Españas. A todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Córtes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1. El Notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales. Habrá en todo el Reino una sola clase de estos funcionarios…».

La ‘actual’ Ley del Notariado cumple ¡150 años!

Este año 2022 se cumplen 150 años de esa Ley del Notario que lleva vigente en España desde 1862. La ‘actual’ Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862 fue publicada en la «Gaceta de Madrid núm. 149, de 29 de mayo de 1862» –el BOE de la época– y está vigente de pleno en España desde el 19 de junio de ese año. Ha sobrevivido a monarcas varios, a las dos repúblicas de la historia de España, al régimen de casi cuatro décadas Franco y continúa vigente después de 47 años de democracia. Ha sido objeto de diez modificaciones posteriores, la última el 10 de julio de 2021, pero mantiene su esencia.

Cuando esta ley aún válida en 2022 se redactó en 1862 y fue aprobada por el por entonces «Ministerio de Gracia y Justicia», Cuba, Puertos Rico y Filipinas eran unas partes más de España y les quedaban 36 años de serlo. Ahí siguen los notarios, regidos por esa misma norma general de 48 artículos y diez «disposiciones transitorias» siglo y medio después de que se promulgara y se concluyera con la solemnidad de entonces: «Dado en Palacio a veintiocho de mayo de mil ochocientos sesenta y dos. Yo la Reina». Refrendada esa real rúbrica por «El Ministro de Gracia y Justicia, Santiago Fernández Negrete».

Servicios a distancia

La realidad es que ahora, dos guerras mundiales, una guerra civil y demás grandes circunstancias planetarias después de ser regulada en España la actividad notarial, sigue vigente esa ley con ligeros cambios, pero los ciudadanos continuamos demandando en ocasiones a los notarios y lógicamente la norma se ha adaptado a los tiempos y al uso de Internet. Se cuentan por miles en todo el territorio nacional los notarios, pero el Portal Notarial del Ciudadano o «Sede Electrónica Notarial» es una alternativa digital directa, ágil y segura, para particulares y empresas, que además se ha visto impulsada casi espontáneamente en los últimos dos años con la pandemia. Disponer de un refrendo notarial ha sido más complicado que nunca y la necesidad de prestar servicios a distancia ha quedado al descubierto.

El Portal Notarial del Ciudadano ofrece servicios notariales online y tramitar «cualquier gestión durante las 24 horas de todos los días del año», con la opción de contactar directamente con un notario o registrar documentos firmados con su aval, sin más trámites y sin necesidad de hacer desplazamientos y emplear tiempo añadido en la gestión. El portal depende del Consejo General del Notariado, que agrupa a «más de 2.800 notarios españoles organizados en 17 Colegios Notariales», y acceder a sus opciones está a disposición de cualquiera que cumplimente su registro desde un dispositivo móvil, como particular o como empresa. Es gratuito, al igual que muchas de sus funcionalidades, como por ejemplo recibir asesoramiento para la formalización de un préstamo hipotecario.

Circunstancias excepcionales

Con la cumplimentación del registro quedas en contacto con un servicio de gestoría notarial y desde entonces podrás interactuar con el portal en tiempo real incluso por videoconferencia, consultar los servicios de los diferentes notarios y elegir en función de la proximidad o de cualquier otra circunstancia. Tendrás la posibilidad de solicitar copias simples electrónicas de escrituras y recibir documentación directamente.

El Portal Notarial del Ciudadano es un canal permanente con una entidad notarial, inicialmente gratuita para todos los ciudadanos. Permite ahorrar tiempo, desplazamientos y trámites y es una opción directa ante cualquier asunto que requiera de una acción notarial. Permite gestionar incluso casos de «extrema necesidad» en los que se hace imprescindible un notario de guardia, o de urgencia, por circunstancias excepcionales.

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