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Bolaños recurre en los tribunales para evitar entregar las actas de la exhumación de Franco

Justicia apela una decisión de Transparencia que avalaba hacer públicos los documentos sobre el traslado del dictador

Bolaños recurre en los tribunales para evitar entregar las actas de la exhumación de Franco

Félix Bolaños, ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. | EP

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha decidido acudir a la Audiencia Nacional para impedir la entrega de las actas notariales levantadas durante la exhumación y traslado de los restos de Francisco Franco. El departamento dirigido por Félix Bolaños ha presentado un recurso contencioso-administrativo al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE contra la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La resolución obligaba al departamento a facilitar esos documentos. En ella se consideraba que forman parte del expediente administrativo generado para ejecutar el acuerdo del Consejo de Ministros.

La batalla judicial se produce después de que el organismo independiente estimase una reclamación presentada tras la negativa inicial del Ministerio a entregar la documentación. La solicitud, registrada en junio de 2025 al amparo de la Ley de Transparencia, reclamaba copia de todas las actas levantadas y firmadas por la ministra de Justicia, en su condición de notaria mayor del Reino, o por cualquier otro alto cargo del departamento con motivo de la exhumación y posterior traslado de los restos del dictador en octubre de 2019.

La posición defendida por el Gobierno desde el inicio consistió en sostener que las actas formaban parte del protocolo notarial. Así, el acceso debía regirse por la normativa específica prevista en el Reglamento del Notariado. El ministerio invocó el artículo 224 de esa norma y argumentó que las solicitudes de copias o de información sobre esos documentos debían tramitarse a través del procedimiento propio de expedición de copias notariales.

Actas de la exhumación de Franco

El Consejo de Transparencia rechazó esa interpretación y en su resolución recuerda que el procedimiento para ejecutar la exhumación fue acordado por el Consejo de Ministros al amparo de la entonces vigente Ley de Memoria Histórica y que la intervención de María Dolores Delgado, ministra de Justicia en funciones, en calidad de notaria mayor del Reino, fue expresamente prevista como parte de las condiciones fijadas para la ejecución material del traslado.

El órgano presidido por José Luis Rodríguez Álvarez sostiene que lo solicitado no constituye una copia notarial en sentido estricto, sino un documento integrado en el expediente administrativo. La resolución recuerda que el artículo 70 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común define el expediente como el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.

El Consejo de Transparencia sostiene que las actas documentan la ejecución material del acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros y que una copia de esos documentos debe integrarse en el expediente administrativo. La resolución recuerda además que el organismo ya había reconocido anteriormente el acceso a una escritura pública incorporada a un procedimiento administrativo.

La advertencia de Transparencia

La resolución va más allá del caso concreto y advierte de las consecuencias que tendría aceptar la tesis defendida por el ministerio. El Consejo sostiene que asumir esa interpretación permitiría excluir de la aplicación de la Ley de Transparencia cualquier actuación administrativa documentada mediante acta o escritura notarial, sin necesidad de invocar ninguno de los límites o causas de inadmisión previstos en la legislación.

El organismo independiente también pone de relieve el interés público de la información solicitada. La resolución recuerda que la legislación aprobada para hacer posible la exhumación calificó la operación de «urgente y excepcional interés público» y subraya la singularidad del caso, avalada igualmente por la sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2019 que confirmó la legalidad del traslado.

La decisión del Consejo obligaba al ministerio a remitir al reclamante copia de las actas en un plazo de diez días hábiles y a acreditar ante el propio organismo el cumplimiento de la resolución. La respuesta del departamento de Félix Bolaños ha sido acudir a la Audiencia Nacional mediante el recurso contencioso-administrativo 421/2026, con el objetivo de anular la resolución y mantener la negativa a facilitar la documentación.

La decisión de la Audiencia

La propia resolución deja constancia de que la reproducción de algunas actas ya había sido difundida públicamente y señala que existe un evidente interés público en conocer unos documentos relacionados con uno de los episodios políticos e institucionales más relevantes de los últimos años.

La decisión que adopte la Audiencia Nacional tendrá un alcance que trasciende el caso de la exhumación de Franco. El tribunal deberá determinar si la Administración puede ampararse en la normativa notarial para restringir el acceso a documentos incorporados a expedientes administrativos o si, como sostiene el Consejo de Transparencia, esos documentos están sometidos al derecho de acceso reconocido por la Ley 19/2013. El fallo fijará un criterio con potencial impacto sobre otros procedimientos administrativos en los que la formalización mediante escritura o acta notarial haya sido utilizada como parte de la actuación pública.

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