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La Fiscalía revela que el Emérito defraudó al menos 30 millones de euros entre 2008 y 2012 

La Agencia Tributaria señala cuotas no declaradas en relación a las cuentas que la fundación Lucum tenía en el banco suizo Mirabaud

La Fiscalía revela que el Emérito defraudó al menos 30 millones de euros entre 2008 y 2012 

Juan Carlos I durante el 40 aniversario de la Constitución. | Legan P. Mace

El rey Juan Carlos I defraudó al fisco entre 30,7 y 56 millones de euros de 2008 a 2012. Son las cantidades señaladas por la Agencia Tributaria como cuotas no declaradas por las cuentas que tenía en el banco suizo Mirabaud la fundación Lucum, de la que era beneficiario último el Emérito. Así lo afirma la Fiscalía en los escritos en los que archiva las tres investigaciones sobre la fortuna del rey Juan Carlos I. En una de esas cuentas recibió la transferencia de 100 millones de dólares (64,8 millones de dólares) efectuada por el rey Abdalá de Arabia Saudí en 2008. Un pago del que no hay indicios suficientes, según el Ministerio Público, para acreditar que correspondiese al cobro de una comisión ilícita por la adjudicación del AVE a La Meca a un consorcio de empresas españolas.

«Según ha informado la ONIF, durante los ejercicios en que las cuentas analizadas permanecieron abiertas (2008-2012), el entonces rey D. Juan Carlos presentó las correspondientes autoliquidaciones del IRPF en las que no incluyó las rentas y rendimientos obtenidos en las cuentas abiertas en el banco MIRABAUD por la fundación LUCUM», indica uno de los escritos de la Fiscalía, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. Añade que el Emérito tampoco presentó en el 2012 ni en los ejercicios sucesivos el modelo 720, la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero.

La Oficina Nacional de Nacional de Investigación y Fraude (ONIF), dependiente de la Agencia Tributaria, concluyó en 2020 que el rey Juan Carlos I era el beneficiario final de las cuentas de Lucum en la entidad financiera suiza. Durante su investigación, la Fiscalía manejó dos hipótesis en relación a la transferencia de 100 millones de dólares del rey Abdalá. La primera, que se trataba de una donación. La segunda, que se debiera a «otro concepto de naturaleza desconocida»

Las cifras del fraude del Emérito

En base a la primera hipótesis, el Emérito habría defraudado un total de 56.097.613 euros entre 2008 y 2012 en concepto de cuotas no declaradas por el Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones (ISD) y por el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). En el segundo supuesto, considerado como «ganancias patrimoniales no justificadas», Juan Carlos I habría defraudado un total de 30.783.740 euros por el IRPF

Las cuotas defraudadas en ambos casos superan «con creces» el importe de 120.000 euros que se establece como umbral del delito de fraude a la Hacienda Pública, contemplado en el artículo 305 del Código Penal. «En caso de que se hubiese tratado de una donación, los posibles delitos fiscales cometidos en los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011, tanto en el IRPF como en el ISD, estarían prescritos por el transcurso de más de cinco años desde sus respectivas fechas de comisión», indica la Fiscalía.

No obstante, no estaría prescrito el delito correspondiente al IRPF de 2012 toda vez que le sería de aplicación el tipo agravado del artículo 305 bis del Código Penal, introducido por la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre. Esta infracción conlleva penas de dos a seis años de prisión y multas.

El mencionado artículo 305 bis del Código Penal tipifica como delito contra grave contra la Hacienda Pública «la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito».

Protegido por la inviolabilidad

La propia Fiscalía admite que el caso del Emérito «no ofrece duda la concurrencia» del delito. «Sin embargo, la posible autoría por parte de S.M. D. Juan Carlos de Borbón no sería susceptible de reproche penal, toda vez que en aquella fecha y hasta junio de 2014 estaba protegido por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución Española reconoce al Jefe del Estado», indica el Ministerio Público en el escrito.

En sus conclusiones, la Fiscalía indica que las diligencias de investigación no permiten ejercitar acción penal alguna contra Juan Carlos I por diferentes razones. Principalmente, por la insuficiencia de indicios incriminatorios, la prescripción del delito, la inviolabilidad del Jefe del Estado y la regularización fiscal de algo más de 5 millones de euros que el Emérito realizó en relación a las cuotas tributarias adeudadas a Hacienda.

La investigación llevada a cabo, primero por la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada y después por la Fiscalía del Tribunal Supremo, ha puesto de manifiesto ciertos indicios que podrían sustentar la hipótesis de que la transferencia de 100 millones dólares ordenada por el rey Abdalá de Arabia Saudí no fuera una donación, sino que respondiera al pago de una comisión ilícita al don Juan Carlos «a modo de premio o gratificación» por haber conseguido la adjudicación en favor del consorcio hispano-saudí de las obras para construir la línea de tren de alta velocidad entre Medina y La Meca. «Sin embargo, tales indicios resultan insuficientes para confirmar dicha hipótesis», concluye la Fiscalía.

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