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Un juez de menores prohíbe hacer un cursillo de informática al mejor hacker de España

Conocido como ‘Alcasec’, fue condenado por lanzar ciberataques a empresas públicas y privadas. Su defensa ha recurrido la decisión por ir en contra de su «reeducación y reinserción»

Un juez de menores prohíbe hacer un cursillo de informática al mejor hacker de España

Un hacker, en una imagen de archivo. | TO

El Juzgado de Menores número 1 de Granada ha prohibido matricularse en un «grado medio de sistemas microinformáticos y redes» a José Luis H. R., que cumple condena en régimen semiabierto en el centro de menores de la capital granadina por haber lanzado distintos ciberataques a organismos públicos de la Comunidad de Madrid, y a empresas privadas como Burger King o HBO. Este madrileño, que hace llamarse ‘Alcasec’, es considerado uno de los hackers más prolíferos del país pese a su corta edad, 18 años. 

En un auto fechado a finales de junio, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el titular Emilio Calatayud aprobó la ejecución de la medida de internamiento semiabierto para el joven —es decir, con permisos de salida puntuales—, así como un tratamiento psicológico por un período de 39 meses en el centro. Sin embargo, en el escrito, el magistrado le negó poder realizar el curso de informática en el centro de menores que el condenado había solicitado previamente al juzgado. 

«A excepción de la intervención del área formativa y ocupacional donde el joven no podrá ser matriculado en un ciclo de grado medio de ‘sistemas microinformáticos y redes’ ni en ningún otro relacionado con la informática, ciberseguridad y redes continuado sin hacer uso de las instalaciones informáticas», reza el escrito judicial. 

Decisión «insólita»

Ante la negativa del magistrado, la defensa de José Luis H. R. ha recurrido el auto y solicita al juzgado que anule y deje sin efecto la mencionada resolución porque, según denuncian, «afecta a los derechos fundamentales» del menor condenado, «concretamente el derecho a la educación, al trabajo, así como al artículo 25.2 de la Constitución Española (CE), conforme al cual ‘las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social’», reza el recurso. 

«La decisión insólita de prohibirle recibir formación o tener experiencia laboral —se refiere con las prácticas del mencionado grado— en las áreas de informática, ciberseguridad y redes, así como la prohibición de hacer uno de las instalaciones informáticas carece de motivación y vulnera el derecho fundamental consagrado en el artículo 24.2 de la CE —tutela judicial efectiva— y por extensión, los derechos fundamentales a la educación y al trabajo», insiste el abogado. 

Por otro lado, en el recurso la defensa señala que numerosas experiencias internacionales de reeducación social de jóvenes condenados por la comisión de ciberdelitos «se han orientado, precisamente, a propiciar un aprovechamiento personal positivo de las capacidades y conocimientos en el mundo de la informática, que permita construir carreras profesionales basadas en el dominio de las tecnologías digitales, alejado de cualquier uso delictivo». 

La prohibición de estudiar y trabajar en el mundo de la informática, prosigue el letrado, «parece más bien una decisión encaminada a expulsar a un joven de 18 años de un entorno digital que necesariamente formará parte de su vida y que puede proporcionarle una carrera profesional». «Si la formación y la experiencia profesional no son vías de reeducación y reinserción social, hasta el punto de llegar a prohibirlas, esta representación no puede sino plantearse que no se ofrece ninguna solución al joven y que se da su caso por perdido, condenándole a meses de internamiento en régimen semiabierto sin ningún aprovechamiento». 

Detenido en 2020

‘Alcasec’ fue detenido en abril de 2020 acusado de numerosos ciberataques a organismos públicos como la aplicación Horus del Sistema Madrileño de Salud, pero también privados, como Icon, Burger King o HBO. En esta última, según quedó acreditado en el juicio, creo durante tres días 141.000 cuentas fraudulentas para acceder al servicio televisivo durante 14 días. Por todo ello, el joven, cuando tenía 16 años, fue condenado por un juzgado de menores en Madrid a dos años de internamiento en un centro en régimen semiabierto. Una pena que, tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía, le fue suspendida con la condición de que no volviera a delinquir durante ese tiempo, quedando el menor en libertad. 

No obstante, la Policía Nacional volvió a detenerlo el marzo pasado como uno de los autores del hackeo masivo al Ayuntamiento de Granada y una consejería de la Comunidad de Madrid, instituciones de cuyos sistemas esta banda movió 53.000 euros a cuentas bancarias para convertirlos en criptomonedas, según pudo constatar el Servicio de Criminalidad Informática de la Fiscalía Provincial de Granada, a cargo de la investigación.  Tras la detención, el juzgado dicto prisión provisional para tres de los implicados y dejó el libertad a Alcasec, aunque las pesquisas todavía continuan abiertas.

No obstante, a razón de estos hechos delictivos, el Juzgado de Menores de Granada tomó la decisión de revocar la suspensión de la pena del joven madrileño acordada con la Fiscalía de Menores de Madrid y ordenó ejecutar la condena de dos años en el centro de menores de la capital granadina. El juez Emilio Calatayud pudo acordar esta medida ya que antes de la causa por el hackeo a organismos públicos y privados por la que fue condenado el menor en Madrid, pesaba otra condena sobre el hacker en el juzgado andaluz. Una decisión, no obstante, que también ha sido recurrida por la defensa, que considera va en contra de la «presunción de inocencia» del acusado.

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