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Absuelven a tres policías y tres manifestantes por las actuaciones en 'Rodea el Congreso'

El Supremo zanja que las actuaciones policiales fueron proporcionadas con el objetivo de evitar que llegaran a la Cámara

Absuelven a tres policías y tres manifestantes por las actuaciones en ‘Rodea el Congreso’

Fachada del Tribunal Supremo. | Europa Press

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Madrid que absolvió a tres miembros de la Coordinadora 25S y a tres policías de delitos de atentado a agente de la autoridad y lesiones por los disturbios en una manifestación contra la monarquía el 4 de octubre de 2014 en el centro de la capital.

Así lo acuerda el alto tribunal en una sentencia en la que desestima el recurso contra la absolución de tres inspectores de Policía presentado por uno de los miembros de la Coordinadora 25S, Luis Ocampo, viudo de la abogada y activista Doris Benegas, que también estaba acusada por atentado a la autoridad en esta causa pero que falleció el 29 de julio de 2016.

La Audiencia Provincial declaró probado que sobre las siete de la tarde del 4 de octubre de 2014 tuvo lugar en las inmediaciones de la Puerta del Sol de Madrid una concentración de la Coordinadora 25S bajo el lema «Rodea el Congreso» convocada por sus principales dirigentes, Luis Ocampo y Doris Benegas, a la que asistió una multitud de personas.

Añadió que la concentración no había sido comunicada a la Delegación del Gobierno en Madrid y Ocampo impartió consignas con un megáfono para una posterior manifestación.

Al lugar se personaron los tres inspectores de Policía entre otros agentes no identificados para advertir a los convocantes, entre ellos Ocampo, que la manifestación no estaba permitida y que la línea de Policía contendría la marcha e imposibilitaría su dirección hacia la calle de Alcalá.

Sin embargo los concentrados iniciaron la marcha con una pancarta con las palabras «Proceso constituyente ya. Monarquía no es democracia, es dictadura y corrupción» encabezada por Luis Ocampo y Doris Benegas con la intención de acceder a la plaza de Neptuno, cercana al Congreso de los Diputados.

Al llegar a la calle de Alcalá los policías comenzaron a utilizar la fuerza ante lo que los manifestantes que se encontraban en la cabecera se echaron hacia atrás a excepción de Ocampo y Benegas, que tropezaron y cayeron al suelo, siendo detenidos.

Los agentes usaron la mínima fuerza

La Audiencia relató que a consecuencia de la caída y su posterior detención Ocampo sufrió lesiones en las muñecas y en un codo y Benegas contusiones en la cabeza y la espalda y una herida en el brazo.

Agregó que los policías utilizaron «la mínima fuerza indispensable» para evitar que la manifestación llegara al Congreso de los Diputados, de tal forma que «hubo forcejeos entre los agentes y los detenidos». Relató que en otro lugar de la cabecera la otra manifestante acusada escupió a un agente y se comenzaron a oír insultos a los policías ante lo que fue detenida tras caer al suelo.

Un agente sufrió un golpe con un palo en su cabeza de un manifestante no identificado, que le causó lesiones, y otros dos sufrieron diversas contusiones. El Supremo desestima el recurso de Luis Ocampo y de acuerdo con el fiscal señala que «no hay dato alguno acerca de una actuación ilegítima o desproporcionada de los agentes policiales o sobre una causación dolosa de las lesiones por parte de estos».

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