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Tribunales

La juez archiva la segunda denuncia contra Errejón al no ratificar la denunciante

La presunta víctima no acudió al juzgado para ratificar su versión tras sufrir un ataque de pánico

La juez archiva la segunda denuncia contra Errejón al no ratificar la denunciante

El exportavoz de Sumar Íñigo Errejón. | Mateo Lanzuela (EP)

Una juez de Madrid ha archivado este lunes la segunda denuncia por presunta agresión sexual presentada contra el exportavoz de Sumar Íñigo Errejón. La denunciante, cuya identidad no ha trascendido, no acudió al juzgado para ratificar su versión tras sufrir un ataque de pánico.

La titular del juzgado especializado en violencia sobre la mujer número 12 de Madrid ha dictado una providencia a la que ha tenido acceso EFE, en la que comunica a la defensa de Errejón que «las actuaciones han sido archivadas» este lunes «al no haber ratificado la víctima su denuncia», tal y como adelantó THE OBJECTIVE. La magistrada cree que ha quedado «constatada la ausencia de voluntad de denunciar los hechos por parte de la víctima» debido a que no ratificó la denuncia ni tampoco la designación formal de su abogado, Alfredo Arrién, que es quien acudió en su nombre al juzgado.

El auto expone que la denunciante, de quien se desconoce su identidad, fue citada en el juzgado para resolver si se le otorgaba la condición de testigo protegido, como había pedido el abogado, y para que ratificase la denuncia, pero sólo compareció el letrado. Y aunque dijo representar a la mujer, la jueza no da este extremo por corroborado «al no haber comparecido la denunciante a ratificar dicha designación», expone el auto, que añade que el abogado dijo entonces que su cliente le había anunciado que no iba a acudir porque «tenía más que perder que ganar».

La ausencia de ratificación de la mujer abocaba el procedimiento al archivo, lo que ha tenido lugar finalmente este lunes en un auto contra el que cabe recurso. A lo largo del mismo, la magistrada repasa los requisitos para investigar una denuncia por delitos como el de agresión sexual y señala, por ejemplo, que «lo relevante no es tanto si la víctima ha formulado denuncia o no, sino si de su declaración puede sobreentenderse que existe voluntad de denunciar, lo que puede desprenderse del propio contenido de la declaración y de la actitud y posicionamiento de la víctima».

Es al juzgado -prosigue- al que le corresponde «el deber averiguar y ahondar si ha existido esa voluntad de la víctima con su declaración y la perseguibilidad que postula del tenor de su declaración expresiva, inculpando al investigado en el proceso». Tras dictar el auto, la magistrada ha informado en una providencia a la defensa de Errejón del archivo de las actuaciones.

Se trata de la segunda denuncia presentada contra él en un juzgado por una presunta agresión sexual ocurrida en 2021; la primera fue interpuesta por la actriz Elisa Mouliaá y ha derivado en la apertura de juicio oral contra Errejón, aunque la Audiencia Provincial de Madrid aún debe resolver su recurso contra su procesamiento.

La segunda denuncia, que fue interpuesta en febrero, relataba que la víctima conoció a Errejón en redes sociales y finalmente ambos quedaron y él la obligó presuntamente a mantener relaciones sexuales tras intimidarla, en octubre de 2021. Al conocerse la ausencia de ratificación por parte de la víctima, su abogado explicó a EFE que la mujer no fue al juzgado porque había sufrido un ataque de pánico, y que la situación podría ser «reversible», ya que todo queda «abierto, por si ella cambia de opinión». Fuentes de la defensa de Errejón insisten en que se trataba de una «denuncia anónima que no tiene credibilidad» y celebran el archivo de las diligencias.

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