Partidos, cordones sanitarios y Constitución
Les voy a dar una noticia que quizá les pueda sorprender: en España no existen partidos inconstitucionales. Tenemos, por el contrario, partidos que pueden ser ilegalizados, para lo cual existen dos vías. La primera, prevista en el Código Penal, supone la suspensión de actividades de un partido al ser declarado asociación ilícita para cometer delitos. Si no me equivoco, este fue el caso del Partido Comunista de España vinculado al GRAPO, disuelto por Garzón en 2003. La otra vía es la establecida en la Ley Orgánica de Partidos, que permite también a la jurisdicción ordinaria –Tribunal Supremo– declarar ilegal un partido por incumplir en su funcionamiento interno el principio democrático o por perseguir la destrucción del régimen de libertades mediante el fomento de la violencia para la consecución de objetivos políticos. Como se sabe, esta Ley permitió ilegalizar originalmente a Batasuna y después a casi todas sus secuelas.