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Economía

Primera condena en España contra Deliveroo y la situación laboral de los 'riders'

Una sentencia del juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha condenado por primera vez a Deliveroo por tener a sus repartidores como falsos autónomos.

Primera condena en España contra Deliveroo y la situación laboral de los ‘riders’

Una sentencia del juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha condenado por primera vez a Deliveroo por tener a sus repartidores, los llamados riders, como falsos autónomos. Se trata de la primera sentencia en España contra el tipo de modelo de negocio de estas empresas digitales de reparto, sobre todo, de comida, en el que se incluyen también Ubereats o Glovo, entre otros.

La juez titular ha dado la razón al rider Víctor Sánchez que denunció a Deliveroo y ha considerado que su trabajo de repartidor en la multinacional fue como falso autónomo, por lo que su Seguridad Social debería haber corrido a cargo de la empresa. La titular asume así la tesis del acta de la Inspección de Trabajo que el sindicato Intersindical desveló el pasado mes de diciembre y que aseguraba que Deliveroo encubría una relación laboral con los repartidores pese a haberles impuesto una relación mercantil.

Este fallo declara «el carácter laboral de la relación de prestación de servicios y, por tanto, el fraude de ley que suponía su encuadramiento como trabajador autónomo, y declarando la improcedencia del despido», según ha explicado Intersindical en su página web. La compañía británica de reparto de comida a domicilio tendrá ahora que indemnizar por despido improcedente al trabajador que le llevó a juicio o, por el contrario, readmitirle.

Algunas de las razones que ha esgrimido la juez para considerarlo un trabajador laboral de la empresas son que el repartidor está controlado a través de GPS, la empresa es el medio de producción al no tener el rider una estructura empresarial y apoyarse exclusivamente en la aplicación de Deliveroo, es la plataforma la que fija las tarifas y los repartidores son los representantes de la marca.

Hasta ahora, Deliveroo había conseguido evitar los tribunales llegando a acuerdos extrajudiciales. Hace unos días en Barcelona se celebró otro juicio de 16 extrabajadores de Deliveroo con la misma reivindicación de ser considerados como trabajadores por cuenta ajena que aún está pendiente de sentencia. La Inspección de Trabajo de Valencia afirmó el pasado diciembre que los trabajadores de esta plataforma digital no son autónomos sino asalariados y exige a la compañía británica el pago de 160.000 euros en cotizaciones no pagadas.

La precariedad laboral de los repartidores —que ha sido ya plasmada en cortometrajes— ha sido objeto de debate estos últimos años, puesto que mientras los sindicatos aseguran que los riders son claramente trabajadores por cuenta ajena, por lo que deberían tener los mismos derechos y protección que tiene el resto de asalariados (una jornada determinada y vacaciones remuneradas), para estas compañías son tan solo clientes o colaboradores de la plataforma.

La falta de regulación sobre esta nueva realidad laboral ha dejado en el limbo a más de dos millones de trabajadores de plataformas digitales como Uber, Cabify, Deliveroo.

 

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