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Madrid

Archivada la causa contra tres policías de Madrid por insultar a Carmena en un chat

El Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid ha archivado la causa que seguía contra tres policías municipales de la capital por posibles delitos de odio e injurias por los insultos vertidos en un chat de agentes contra la alcaldesa de Madrid Manuela Carmena, donde también aparecían comentarios racistas. Según el auto, no hay indicios racionales de estos delitos. El agente que denunció el chat de policías, que respondía al pseudónimo de Ronin, ha anunciado este viernes que recurrirá el archivo del caso.

Archivada la causa contra tres policías de Madrid por insultar a Carmena en un chat

El Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid ha archivado la causa que seguía contra tres policías municipales de la capital por posibles delitos de odio e injurias por los insultos vertidos en un chat de agentes contra la alcaldesa de Madrid Manuela Carmena, donde también aparecían comentarios racistas. Según el auto, no hay indicios racionales de estos delitos. El agente que denunció el chat de policías, que respondía al pseudónimo de Ronin, ha anunciado este viernes que recurrirá el archivo del caso.

En la conversación se llamó a la alcaldesa madrileña «vejestorio despreciable» y se dijo que «lo que es terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros», entre otros mensajes en los que, según la denuncia, también se alababa a Hitler y el nazismo y se vejaba a los inmigrantes.

El titular del Juzgado que se encargó del caso dictó un auto el pasado 5 de diciembre en el que se consideraba que los comentarios podían construir delitos de fomento o incitación al odio contra un grupo por motivos racistas previsto en el artículo 510 del Código Penal y de delitos de injurias a la autoridad (la alcaldesa) y a particulares (por las críticas a las periodistas Ana Pastor y Antonio García Ferreras). Por su parte, el magistrado Juan José Escalonilla concluyó que no existían indicios de que los hechos denunciados fueran «constitutivos de delito tipificado en el artículo 510.1 del Código Penal, ni de delitos de amenazas» y acordó el sobreseimiento provisional de la causa con su consiguiente archivo.

Tampoco veía delito de amenazas contra el responsable de Comisiones Obreras en la Policía Municipal de Madrid, Emiliano Herrero, por la publicación en el chat de la candidatura de este sindicato a las últimas elecciones sindicales ni delito de amenazas que expuso el denunciante, quien aseguró que fue amenazado incluso de muerte por criticar los comentarios de otros participantes, ya que puso esta denuncia meses después de esas supuestas amenazas y además siguió manteniendo el contacto con uno de los presuntos culpables.

El magistrado recordó que en ese chat no se dejaba participar a personas ajenas al Cuerpo, según aseguraron varios agentes que declararon como testigos. Por eso entendía que los comentarios solo los recibirían las personas agregadas a este chat, informa Efe.

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