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España exigirá una PCR negativa a los turistas de países de riesgo

España exigirá una PCR negativa a los turistas de países de riesgo

LEONHARD FOEGER | Reuters

España exigirá a partir del próximo 23 de noviembre a los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo (independientemente de su nacionalidad o de dónde provengan) una PCR negativa, realizada 72 horas antes, para poder entrar, y se mantendrán además el control visual y de temperatura.

Más detalles: el Formulario de Control Sanitario que todo viajero procedente de países de riego debe cumplimentar antes de su entrada a España recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si se dispone de esta prueba, que se deberá presentar con el documento original en formato papel o electrónico y redactado en español o inglés, ha informado el Ministerio de Sanidad este miércoles.

Las agencias de viaje, operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a partir de ahora a los pasajeros de esta nueva exigencia, recogida en una resolución que se publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado.

La nueva medida cumple la recomendación europea del pasado 13 de octubre que aconsejaba a los Estados miembros basar sus restricciones a los viajes dentro de la UE en función de la situación epidemiológica, estableciendo un código de colores por zonas, con el fin de evitar «la fragmentación y la disrupción y aumentar la transparencia y la previsibilidad para los ciudadanos y las empresas».

En base a esa recomendación, los Estados deben aportar una serie de datos al Centro Europeo para el Control y la Prevención de Enfermedades (ECDC, por sus siglas en inglés), que actualiza semanalmente un mapa europeo del coronavirus[contexto id=»460724″] según la incidencia por regiones. Así, para designar el riesgo en el caso de los países de la UE y asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la recomendación para designar las zonas o países de riesgo en cuestión, a los que se exigirá la PCR.

Y en países terceros, la referencia básica será la incidencia acumulada a catorce días junto con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

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