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La Audiencia Nacional rechaza prohibir los actos en apoyo al etarra Henri Parot

Considera que antes de que se realicen los actos de apoyo a los etarras y se compruebe si se ha cometido delito alguno no tienen encaje en el derecho penal

La Audiencia Nacional rechaza prohibir los actos en apoyo al etarra Henri Parot

Manifestación a favor de los presos de ETA en San Sebastián. | Nagore Iraola (Europa Press)

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado prohibir los actos de apoyo a presos de ETA que los colectivos Etxerat y Sare han convocado para Nochevieja en Pamplona y Mondragón, y que incluyen un homenaje a Henri Parot, miembro de ETA que cumple condena por 39 asesinatos en la cárcel de Mansilla (León).

En sendos autos, a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el magistrado secunda la postura de la Fiscalía, que informó en contra de la prohibición de los actos convocados, pero pide a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado que procedan al «pertinente control y seguimiento» de los mismos para que durante su celebración «se realicen actos que pudieran ser constitutivos de delitos de enaltecimiento o justificación de delitos terroristas».

El magistrado responde así a las peticiones formuladas por la Asociación Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo (APAVT) y Dignidad y Justicia (DyJ), que demandaban cancelar judicialmente el homenaje a Parot y otros dos etarras anunciado para el 31 de diciembre Móndragón. Entendían que ambos actos podían ser constitutivos de presuntos delitos de enaltecimiento del terrorismo y de humillación a las víctimas del terrorismo y sus familiares. APAVT también había solicitado prohibir los programados para ese mismo día en Pamplona y el 8 de enero en Bilbao.

«Los elementos con los que contamos en este momento ponen de manifiesto que se trata de la expresión de un deseo de acercamiento de presos a los Centros Penitenciarios del País Vasco, sin entrar en la justificación o ensalzamiento de las acciones por las que se hallan privados de libertad, conducta amparada por el derecho a la libre expresión en el ámbito de procedimiento penal», señala el magistrado de la Audiencia Nacional para rechazar la prohibición de los actos convocados para este viernes en apoyo a Parot y los también etarras José Manuel Pagoaga y Eugenio Barrutiabengoa.

No ve delito alguno en la convocatoria

El juez Calama ha concluido que «no existe constancia alguna que permita afirmar, con la exigencia que en Derecho se requiere para poder restringir los derechos fundamentales de los ciudadanos reconocidos constitucionalmente, que se haya producido o que se vaya a producir delito alguno, en los actos de convocados». En este sentido, el juez ha subrayado que «deberá ser la autoridad gubernativa competente quien debe decidir sobre si la convocatoria denunciada se ajusta a la normativa para su celebración».

Además, ha recordado que «solo el Parlamento está legitimado para definir los delitos y sus consecuencias jurídicas», haciendo hincapié en que los jueces no pueden hacer «una interpretación extensiva o analógica» del delito de enaltecimiento del terrorismo.

No obstante, ha instado a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a que hagan el control y el seguimiento pertinentes de estos actos para que, si en el curso de los mismos se produjeran otros actos que pudieran constituir delitos, «se proceda a identificar y, en su caso, detener a sus autores», algo para lo que -resalta- no precisan de orden judicial porque recae en su «obligación legal».

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