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Tribunales

La Audiencia verá si extradita a un sicario que mató, mutiló y quemó a una estadounidense

El asesino es colombiano, está reclamado por Panamá y contó con la ayuda de un cómplice. Por los hechos también se encuentra detenida una amiga de la víctima

La Audiencia verá si extradita a un sicario que mató, mutiló y quemó a una estadounidense

La Audiencia Nacional tendrá que pronunciarse sobre el asesinato de un estadounidense. | Europa Press

La Audiencia Nacional celebrará este lunes la vista de extradición de un sicario colombiano que está reclamado por Panamá y al que se acusa de matar con arma blanca a una mujer estadounidense, mutilarla y posteriormente mover el cuerpo dentro de una maleta hasta otro lugar donde calcinó los restos.

Así queda recogido en el escrito del fiscal, a favor de la extradición, que recuerda que el sicario contó con la ayuda de un cómplice y que por estos hechos también se encuentra detenida una amiga de la víctima.

El sicario fue detenido por agentes españoles en el aeropuerto de Barajas en octubre de 2021 en virtud de la orden internacional de detención, y se acordó que permaneciera en prisión provisional. Sin embargo, en diciembre de 2021 se dictó auto de libertad porque Panamá no presentó en plazo la documentación extradicional. Pero en enero de 2022, Panamá presentó su demanda pertinente y en mayo de ese año declaró que no aceptaba ser entregado al Estado reclamante.

Homicidio doloso

El Ministerio Público indica que, de acuerdo con el Código Penal panameño, los hechos son constitutivos de un delito de homicidio doloso que se corresponden con un delito de asesinato alevoso del artículo 139 del Código Penal español.

Asimismo, recuerda que se dan los requisitos para la entrega porque además de esa doble incriminación –que el delito exista en ambos países–, se cumple con el mínimo punitivo –la pena que se contempla es mayor de un año– y no hay prescripción. De hecho, apunta, Panamá prevé cárcel de 20 a 30 años para este tipo de hechos.

Por otro lado, confirma que el país reclamante puede conocer del delito puesto que se produjo en su territorio, y que el órgano que enjuiciará el asunto es permanente y no de excepción.

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