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Tribunales

Anulan la prestación de 3.000 euros al mes a un trabajador que simuló una minusvalía del 96%

El hombre sufrió un accidente laboral en 2021 que supuestamente le provocó una «invalidez permanente absoluta»

Anulan la prestación de 3.000 euros al mes a un trabajador que simuló una minusvalía del 96%

Palacio de Justicia de San Sebastián. | Europa Press

Un juzgado de lo Social de San Sebastián ha invalidado el expediente administrativo que reconoció a un trabajador accidentado un grado de gran invalidez que le permitía recibir más de 3.000 euros al mes. Gracias a la investigación de un detective privado, descubrieron que había simulado la enfermedad cerebral que parecía sufrir.

Según recoge la sentencia del caso, difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el operario sufrió un accidente laboral el 22 de diciembre de 2021 tras caerse de una mesa en la que se había subido para colocar una cinta y golpearse en un hombro y en la cabeza.

Después del siniestro, el hombre logró que le fuera reconocida una «invalidez permanente absoluta» con un recargo de prestaciones de la Seguridad Social del 30% y un grado de minusvalía del 96%, con una limitación de movilidad del 78%.

Además, la Diputación de Gipuzkoa concedió a su esposa una prestación económica de 338 euros para cuidarlo, así como otras ayudas para la adquisición de distintos productos.

Fraude de ley

El hombre consiguió una serie de prestaciones «superiores a los 3.000 euros mensuales» que, además recurrió para que llegaran hasta los 5.000 euros en lo que, según opina ahora el juzgado, constituye «un fraude de ley».

La sentencia señala que el hombre no obtuvo «ninguna lesión reseñable» a consecuencia de su caída, sin que el TAC que se le practicó seis días después revelara afectaciones ni fracturas cerebrales.

El 22 de febrero de 2022 se realizó una resonancia cerebral que «no reveló ningún tipo de alteraciones cerebrales». A posteriori, el hombre ya no prestó «su colaboración para que le hicieran ningún otro tipo de prueba» con el pretexto de «fuertes dolores de cabeza» y con «interferencias de su esposa» en las «exploraciones» que quisieron realizar los «diversos equipos médicos» que han intentado tratarle o hacerle algún tipo de prueba médica «que pudiera detectar si sufre algún tipo de lesión cerebral».

El operario rechazó «cualquier tipo de tratamiento en una institución especializada». Sin embargo, una de ellas determinó que «para documentar la naturaleza de su disfunción cerebral sería necesario hacer una resonancia magnética cerebral bajo anestesia o un ‘PET’ cerebral».

Diagnóstico «basado en la observación»

Según la resolución judicial, se llegó a un diagnóstico «únicamente en base a una observación» de su estado porque él «no lo permitió».

Como consecuencia, la empresa del trabajador contrató los servicios de una agencia de investigación para comprobar si su estado era el que se había manifestado ante los servicios médicos que le atendían.

Uno de los detectives pudo constatar que el hombre era capaz de dar paseos «de más de dos kilómetros seguidos» con su mujer «con paso ágil». Confirma que en sus salidas era consciente de que «podía ser observado», por lo que en ocasiones llevaba puesta una capucha de manera no justificada por las inclemencias del tiempo.

El detective vio que seleccionaba una zona «aislada» para dar sus paseos y descubrió que al hablar con su mujer «sonreía en algún momento». Eso puso de manifiesto que «conserva una capacidad de comunicación con terceros» y con ello «sus capacidades intelectuales superiores», dado que la comunicación «exige comprensión, razonamiento y capacidad de respuesta».

Simuló la enfermedad

La situación contrastó con la que el operario mostró durante el juicio por estos hechos celebrado el pasado 18 de enero. Ahora ha llevado al juzgado a considerar que, «desde el primer momento», el hombre «ha simulado una enfermedad que no tenía» con el fin de «acceder a unas prestaciones sociales que además han llegado incluso a su esposa y a las que en otro caso no tendría derecho por no reunir los requisitos necesarios».

Por tanto, la sentencia anula y deja sin efecto el expediente administrativo que reconoció al trabajador «un grado de invalidez que no se corresponde con su estado de salud real».

Por último, la resolución dará traslado de la situación a la Fiscalía por si la conducta del trabajador pudiera ser constitutiva de «algún ilícito penal». También a la Diputación de Gipuzkoa para que, «en su caso, revise el reconocimiento del grado de minusvalía reconocido» al individuo.

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