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Madrid amplía de nuevo las zonas básicas de salud con restricciones para el puente

Madrid amplía de nuevo las zonas básicas de salud con restricciones para el puente

David Fernandez | EFE

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha ampliado de 32 a 35 las zonas básicas de salud (ZBS) con restricciones perimetrales donde se está extremando el seguimiento de los cumplimientos de los aislamientos y las cuarentenas, unas medidas que se suman al confinamiento de la región este puente de Todos los Santos.

Los datos: las tres nuevas zonas básicas de salud donde se aplicarán limitaciones a la movilidad son la de Valle de la Oliva, en el municipio de Majadahonda, y otras dos áreas sanitarias de Coslada, Barrio del Puerto y Doctor Tamames.


El viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, lo han anunciado este viernes en una rueda de prensa en el Departamento de Sanidad tras acordar restricciones en aquellas zonas básicas de salud con una incidencia acumulada igual o superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes.

En las 35 zonas con limitaciones, donde existe una mayor transmisión de la enfermedad, vive el 11% de la población de la Comunidad de Madrid y se concentra un 16,3% de los casos de coronavirus.

Andradas ha explicado que para adoptar estas medidas se valora la tendencia que existe en las zonas básicas de salud, qué tipo de transmisión existe, si se asocia a brotes familiares o colectivos y qué grupos de edad son los más afectados.

Desde el pasado 26 de octubre, 32 zonas básicas de salud (ZBS) de Madrid (desde hoy  35) tienen limitaciones de movilidad y tienen también restricciones de aforos más estrictas de las que se aplicarán en el resto de la región.

De esta forma, no se podrá entrar ni salir de las 35 ZBS afectadas salvo por motivos «adecuadamente justificados» como asistencia a consultas médicas, por motivos de trabajo o escolares, retorno al lugar de residencia, asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes, u otras causas contempladas en la orden de la Comunidad como asistencia a exámenes o trámites en judiciales, administrativos o bancarios.

Sí se podrá atravesar esas zonas siempre que el origen y el destino del desplazamiento sea una zona no afectadas por las restricciones, y sus residentes sí podrán moverse «siempre respetando las medidas de protección individual y colectivas». No se podrán utilizar, en cambio, los parques infantiles, a pesar de que sí se podrán usar en el resto de la Comunidad.

En estas zonas los establecimientos de hostelería y restauración tendrán aforos del 60% en el exterior y del 50% en el interior, y estará vetado el servicio de barra; además, no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 23:00 horas y deberán cerrar a las 00.00 horas. Tanto en el interior como en el exterior las mesas deberán guardar una distancia de 1,5 metros y la ocupación máxima por mesa no deberá ser superior a 6 personas. En los locales de juego y apuestas se mantendrán las mismas limitaciones de aforos y horarios.

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