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DGT: estas son las letras prohibidas en las matrículas de los coches

España cambió su sistema de matriculación en el año 2000 para coincidir con el modelo europeo

DGT: estas son las letras prohibidas en las matrículas de los coches

Las matrículas de los coches españoles no incluyen vocales | Unsplash

Las matrículas de coche en España presentan una particularidad: ninguna lleva vocales. Esto es porque el código identificativo que siguen los vehículos matriculados en España lo establece así: se combinarán cuatro números, desde el 0000 al 9999, y tres letras, desde la BBB hasta la ZZZ.

El principal motivo de emplear este sistema de matriculación es poder evitar la posibilidad de que las tres letras den lugar a palabras mal sonantes o poco apropiadas debido a los acrónimos y las combinaciones formadas por las tres letras que aparecen en la placa. No obstante, las A no son las únicas letras vetadas en las matrículas españolas.

Las matrículas prohibidas en España

Después de que entrara en vigor el actual sistema de matriculación en el año 2000, tanto las letras como los números que pudieran provocar malentendidos o formar palabras poco adecuadas (como ANO o ETA) se eliminaron. De esta forma, el código no admite ya las vocales ni otra serie de letras que pueden provocar problemas.

Este es el caso, por ejemplo, de la letra Ñ y de la Q, que están vetadas de las matrículas. Esto es porque, al escribirlas en las placas, pueden causar confusión debido a su parecido con letras como la N o la O.

Otras que también forman parte de la lista de prohibidas son la CH y la LL, cuyo veto es debido a que no se pueden formar matrículas con cuatro caracteres. Además, cuando entró en vigor este código, la Real Academia de a Lengua Española ya las había excluido del abecedario al considerarlos dígrafos.

De esta forma, las letras del abecedario que están prohibidas en las matrículas de coche españolas son: A, CH, E, I, LL, Ñ, O, Q y U.

Reglamento para los coches antiguos

Los actual normativa de coches antiguos es de 1995.
Los actual normativa de coches antiguos es de 1995. Foto: Pixabay

Algo que está ahora estudiando la Dirección General de Tráfico (DGT) es es el caso de los coches antiguos. La normativa que hay actualmente en rigor a este respecto es de 1995, es decir, tiene ya 27 años. Debido a esto, tanto la DGT como las comunidades autónomas, el Ministerio de Industria y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA) están preparando un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que entraría en vigor en 2023.

Esta nueva normativa afectaría principalmente a los coches que tienen más de 30 años y para los cuales también está previsto un cambio de matrículas. Estas incluirán una H al principio de la numeración, de modo que se puedan identificar de forma rápida.

El proceso de matriculación de un coche clásico también experimentará cambios según este reglamento: ahora habrá una división por grupos. En el primero entrarán todos los vehículos que ya se hayan matriculado en España, su antigüedad es de 30 años y tienen la ITV en vigor.

El segundo grupo, por otro lado, incluirá al resto de vehículos. Estos deberán obtener un informe técnico por parte de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos (lo que significa que ya no necesitarán una homologación de matriculación en un laboratorio por parte de un ingeniero).

Es esa documentación la que deberá poder habilitar el coche como un bien de interés cultural o como vehículo de colección. Además, este informe permitirá a la ITV hacer la inspección técnica del vehículo y proceder a matricularlo como histórico.

Y en relación a la ITV también habrá cambios. Concretamente en la periodicidad con la que habrá que acudir a hacer la inspección técnica. Según la antigüedad del vehículo, los tiempos serán los siguientes:

  • Entre 30 y 40 años: cada dos años.
  • Entre 40 y 50 años: cada tres años.
  • Más de 45 años: cada cuatro años.
  • Motos clásicas (independientemente de su antigüedad): cada cuatro años.
  • Vehículos fabricados o matriculados antes del 1 de enero de 1950: están exentos de ITV.

Por último, otro de los puntos de este nuevo reglamento es la pretensión de que los ayuntamientos de municipios con restricciones en la circulación permitan el acceso a esas zonas, incluyendo las de bajas emisiones, con coches clásicos. No obstante, esto deberá ser de forma esporádica y no habitual.

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