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Sanidad

Uruguay practica la primera eutanasia de su historia a una mujer con cáncer terminal

La paciente es una mujer de 69 años, paciente oncológica con cáncer en fase terminal

Uruguay practica la primera eutanasia de su historia a una mujer con cáncer terminal

Imagen de una médico. | Unplash

Uruguay aplicará este viernes la primera muerte por eutanasia desde que se aprobó la ley, en octubre de 2025 y decretada en abril de este año por el presidente, Yamandú Orsi, tras cumplirse todos los protocolos legales, así como la firma del consentimiento de la paciente.

Según destaca la prensa local, se trata de una mujer de 69 años, paciente oncológica con cáncer en fase terminal, quien será la primera en recibir la eutanasia bajo el marco de la Ley por Muerte Asistida, y quien firmó la petición este miércoles. La paciente padece un cáncer de páncreas con metástasis pulmonar, renal y hepática avanzada. Desde que recibió el diagnóstico de la enfermedad, se encuentra bajo cuidados paliativos, que también se encuentran reglamentados por ley en el país suramericano.

Uruguay legalizó el 15 de octubre de 2025 la eutanasia mediante la votación del proyecto de ley de Muerte Digna, llevada a cabo en la Cámara de Senadores, con lo que se convirtió en el tercer país de América Latina en hacerlo, tras Colombia y Ecuador.

El proyecto aprobado busca garantizar el derecho a «transcurrir dignamente el proceso de morir» mediante la despenalización de la eutanasia en los mayores de edad psíquicamente aptos que atraviesen la etapa terminal de enfermedades incurables e irreversibles o que padezcan por ellas sufrimientos insoportables.

«Podrán ampararse en las disposiciones contenidas en esta ley los ciudadanos uruguayos naturales o legales y los extranjeros que acrediten fehacientemente su residencia habitual en el territorio de la República», cita el texto, que detalla luego el paso a paso del procedimiento para la eutanasia. De acuerdo con la ley, quien quiera recibirla «deberá solicitarla personalmente a un médico, por escrito, que firmará en su presencia» o, en caso de que no pueda firmarlo, pidiéndole a otra persona mayor de edad «en presencia del solicitante y del médico».

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