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El Tesoro debe ejecutar la indemnización de 180.000 euros a la familia de José Couso

El Tesoro debe ejecutar la indemnización de 180.000 euros a la familia de José Couso

Europa Press Reportajes | Europa Press

La indemnización de más 180.000 euros que el Estado debe entregar a la viuda y a los dos hijos del cámara José Couso ya se encuentra pendiente de ejecución por parte del Tesoro. Couso, muerto en Irak en 2003, fue asesinado durante un ataque del Ejército de Estados Unidos mientras se encontraba en el Hotel Palestina de Bagdad, cuando fue herido por un proyectil de tanque del que no pudo recuperarse en el hospital. El Supremo condenó en julio a España a pagar esta cantidad por omisión de protección diplomática y por no haber profundizado en la investigación.

Ha sido el Ministerio de Asuntos Exteriores el que ha informado cómo se encuentra el proceso a raíz de una pregunta del diputado de EH Bildu, Jon Iñarritu. La cartera dirigida por José Manuel Albares explica cómo tras conocerse la sentencia del Supremo «se iniciaron los trámites necesarios para su cumplimiento». «Dichos trámites ya han concluido, por lo que el pago de la indemnización, que se realiza a través del Tribunal, únicamente está pendiente de su ejecución por parte del Tesoro», ha añadido en la respuesta.

La carta de Exteriores no aclara una de las cuestiones solicitadas por el diputado Iñárritu, y es si el Gobierno «contempla disculparse públicamente por las actuaciones realizadas en relación con el caso por diferentes instituciones del Estado».

Sentencia del Supremo

En su fallo de julio, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la sentencia recurrida y que reconoció el derecho a una indemnización de 182.290 euros a la familia de Couso. Del total, 99.430 euros serán para la viuda y 41.430 para cada uno de los dos hijos.

Según la sentencia, el Estado «estaba obligado a hacer gestiones en pro de una investigación internacional objetiva de los hechos y, en su caso, utilizar los medios que estimara procedentes que pudiera dar como resultado la reparación del daño ocasionado». En este sentido, afeó que el Estado optase por «dar la callada por respuesta» o que se limitase «a dar por buenos los argumentos dados en contra de la ilicitud del hecho por el Estado que lo ocasionó», en referencia a Estados Unidos, cuyos efectivos dispararon contra el Hotel Palestina en Bagdad en el que estaba alojado Couso al igual que otros muchos periodistas el 8 de abril de 2003.

Para la Sala lo «decisivo» a la hora de «rechazar la argumentación del escrito de interposición» es que la Audiencia Nacional «no reconoce el derecho de resarcimiento por el fallecimiento del padre y esposo de los recurrentes, menos aún, porque deba el Estado español asumir el riesgo de un profesional nacional que fallece en el ejercicio de su actividad». «El Estado español omitió la protección que le fue requerida y que estaba obligado», remató el texto.

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