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Economía

Trabajo multa con 79 millones a Glovo por tener a 10.600 riders como falsos autónomos

La compañía de reparto a domicilio ha precisado que la multa de Inspección no está relacionada con la denominada ‘ley rider’

Trabajo multa con 79 millones a Glovo por tener a 10.600 riders como falsos autónomos

Dos repartidores de Glovo en Barcelona. | Paco Freire (Zuma Press)

La Inspección de Trabajo ha acreditado que Glovo ha cometido un fraude laboral de falsos autónomos que afecta a 8.331 trabajadores en Barcelona y 2.283 en Valencia. Por ello, Trabajo ha impuesto una multa de 79 millones de euros la empresa de reparto a domicilio, según ha adelantado la Cadena SER y ha podido confirmar THE OBJECTIVE.

Inspección ha podido acreditar que «la empresa no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino que presta servicios de reparto y mensajería, fijando las condiciones esenciales de prestación de dicho servicio». Por ello indica que existen «falsos autónomos» ya que dependen y son ajenos a Glovo.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en declaraciones a la prensa antes del inicio de la sesión de control al Gobierno, ha indicado que además de la multa de 79 millones de euros a Glovo se ha procedido a la regularización de la situación de esos 10.600 trabajadores de la empresa.

Díaz carga contra Glovo

La vicepresidenta segunda ha acusado a Glovo de «vulnerar» los derechos laborales de sus trabajadores y de «obstruir» la labor de la Inspección de Trabajo, algo que ha calificado de «gravísimo» en un Estado social y democrático de Derecho, en el que las empresas «tienen que cumplir la ley».

«Estamos ante una auténtica actuación de falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa, como ya ha caído con la Inspección», ha advertido la vicepresidenta.

Postura de Glovo

Glovo ha precisado que la multa de Inspección de Trabajo de casi 79 millones de euros no está relacionada con la denominada ‘ley rider’, ya que el periodo inspeccionado se refiere de 2018 hasta el 11 de agosto de 2021.

«La ‘ley rider’, que entró en vigor en 2021, no tiene nada que ver con el periodo sancionado», han asegurado a Europa Press fuentes de la compañía, que han indicado además que el importe notificado incluye no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social, sino también una propuesta de sanción por cada repartidor.

Asimismo, han resaltado que durante el periodo de inspección, Glovo pidió ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones, así como distinta documentación, algo que fue rechazado por la Inspección de Trabajo y pospuesto al momento en el que el acta ha sido presentada.

«Se trata de una resolución unilateral, que implica una propuesta de la Inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones, y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la Justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y/o de infracción», han indicado.

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