Confianza institucional y Estado de derecho
«Mientras casi tres cuartas partes de los europeos coinciden en que la UE es un lugar de estabilidad, en España aparece un alto grado de desconfianza»

Ilustración generada con IA.
Prácticamente en paralelo a la elaboración del último Eurobarómetro, el de primavera, se fraguó el Informe de misión del Grupo de seguimiento de la democracia, el Estado de derecho y los derechos fundamentales de la Comisión LIBE del Parlamento Europeo, relativo a España. Paradójicamente, mientras casi tres cuartas partes de los europeos (73%) coinciden en que la UE es un lugar de estabilidad en un mundo problemático, en los resultados relativos a España, aparece como destacable un alto grado de desconfianza ante las instituciones nacionales, especialmente gobierno y parlamento (62 y 68% de los encuestados, respectivamente, no confían en ellos).
Algunos indicios acerca de esta desconfianza podemos encontrarlos en el mencionado Informe de la Comisión LIBE, que concluye con una buena y ponderada reflexión, pues destaca que, aunque no estemos todavía ante una deficiencia sistémica, los desacuerdos institucionales y los intentos de control político sobre el Poder Judicial impiden reducir la polarización y asegurar que el Estado de derecho responda mejor a los estándares europeos.
Parece que este informe, que es soft law —es decir, una especie de evaluación/orientación política—, no ha sido del agrado ni de los partidos de la coalición gubernamental, que insisten en que lo hacen todo divinamente, ni de Vox, que lo hubiera querido más crítico. Fue elaborado tras una visita de la delegación de la Comisión LIBE a España, que tuvo lugar en febrero de este año, en la que estuvieron representados los populares, los socialistas, Renew-Europe, Patriotas por Europa y el grupo de los conservadores y reformistas. Ciertamente, no se trata de un informe que surta efectos jurídicos vinculantes, pero estas evaluaciones son tenidas en cuenta, por ejemplo, por la Comisión Europea, cuando realiza los suyos sobre el Estado de derecho o, incluso, como elementos de contraste para la elaboración e interpretación de las normas europeas (las exposiciones de motivos contienen numerosas referencias a los mismos). De ahí que vayan cobrando una importancia cada vez mayor.
Para elaborar el informe, la delegación de europarlamentarios se entrevistó tanto con autoridades como con expertos de la sociedad civil. Representantes del Ministerio de Justicia, parlamentarios de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, el presidente y miembros del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, representantes de la Fiscalía anticorrupción, la Autoridad Independiente de Protección de Denunciantes y el Ministerio del Interior-Guardia Civil fueron las autoridades consultadas. Por parte de la sociedad civil, se consultó con asociaciones de magistrados y fiscales, organizaciones expertas en el ámbito del Estado de derecho o la transparencia e igualdad, así como con representantes de los medios de comunicación y expertos académicos. La delegación lamenta en su informe la polarización que se observa en los ámbitos políticos y que no hubiera sido posible concertar las entrevistas que se solicitaron con el presidente del Gobierno, el ministro de Justicia, empresas estatales y la cadena pública española RTVE.
Los ámbitos materiales examinados en el Informe se corresponden, a grandes rasgos, con los indicadores europeos manejados por la Comisión de Venecia y la Comisión Europea cuando examinan «la salud» del Estado de derecho. Destacaré especialmente el relativo a la independencia judicial, el marco anticorrupción, el abuso del decreto-ley y la influencia de la polarización en la percepción ciudadana.
La independencia judicial, juntamente con la situación creada con la condena del fiscal general del Estado, son objeto de una detallada descripción, contando con la participación de las autoridades y asociaciones judiciales y de la fiscalía, aunque también fueron objeto de examen con los funcionarios judiciales y los expertos académicos. El proyecto de ley que pretende cambiar el modo de acceso a la judicatura y la fiscalía aparece como objeto de fuertes controversias, siendo considerado como método que no garantiza la igualdad, mérito y capacidad entre los candidatos, por unos, o uno de los posibles métodos adecuados para modernizar la justicia, por otros, sin que se aprecie acercamiento entre posturas. Las críticas de los políticos hacia los jueces, cuando estos dictan resoluciones o emprenden procedimientos que pueden no ser del agrado de determinadas posiciones ideológicas, están en la base del creciente descrédito que políticos y miembros del Poder Judicial sufren ante la ciudadanía. La falta de culminación del pacto habido en el procedimiento estructurado coordinado por la Comisión Europea en torno a la renovación del Consejo General del Poder Judicial, sin que se haya podido acordar el cambio en el método de renovación sugerido desde la Comisión de Venecia, teniendo en cuenta los estándares europeos, incide también en una disminución de la calidad situacional del propio Consejo y de la magistratura.
Y tampoco se han podido apreciar avances en el refuerzo de la independencia del Ministerio Fiscal, desvinculando el mandato del fiscal general del del Gobierno y reforzando la independencia funcional de los fiscales, máxime cuando se está promoviendo que la instrucción de los procedimientos penales pase del juez de instrucción al fiscal. La predictibilidad de las sentencias del Tribunal Constitucional en casos mediáticos, y las discrepancias con el Tribunal Supremo en casos como, por ejemplo, la controvertida Ley Orgánica de Amnistía (pendiente de sentencia del TJUE a diversas cuestiones prejudiciales) tampoco ayudan a la credibilidad del sistema. Y el hecho de que la digitalización de la justicia tope con el hecho de que los sistemas informáticos de las comunidades autónomas no son compatibles, constituye un obstáculo para la eficacia de la misma. Se aprecia, en el Informe, la posición en bloques de los actores políticos, que no parecen tener la intención de consensuar respuestas apropiadas al respecto. Por ejemplo, si algunos consideraron que la condena al fiscal general del Estado perjudicaba la credibilidad institucional, otros afirmaban que ello demostraba que el Estado de derecho estaba funcionando.
«El proyecto de ley que pretende cambiar el modo de acceso a la judicatura y la fiscalía aparece como objeto de fuertes controversias, siendo considerado como método que no garantiza la igualdad, mérito y capacidad entre los candidatos»
En cuanto al marco anticorrupción, el Informe se hace eco de los incumplimientos constatados por el GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa), que ha afirmado que España no ha dado respuesta satisfactoria a ninguna de las 17 cuestiones que se le habían planteado. Destaca el bloqueo a la regulación de los lobbies o grupos de interés, la falta de transparencia constatada en el Informe de Transparencia Internacional en el que España ha caído en su nivel más bajo desde 2012, o el poco éxito en la eliminación de las denominadas «puertas giratorias», puesto que continúan los cambios en puestos clave de políticos que dejan su cargo público para situarse al frente de empresas estatales. También cabe destacar, en este caso en sentido positivo, el acceso a los procedimientos de garantía, para hacerlos efectivos en todo caso denunciado, por parte de la Autoridad independiente de protección del denunciante, recién instaurada en España.
La comunicación ha sido también examinada en el Informe, destacando la cada vez mayor influencia política sobre los contenidos informativos. Se enuncian también ataques públicos, amenazas y campañas de desprestigio hacia periodistas, incluso en las televisiones públicas regionales. La falta de transparencia en la toma de decisiones y en el uso de los fondos de la UE son considerados obstáculos para la labor informativa, pese a los esfuerzos de los organismos profesionales.
En cuanto a los representantes del Ministerio de Interior, se constató que las unidades de investigación operan bajo estricta autoridad judicial y fiscal, con obligaciones de secreto y salvaguardias para impedir la injerencia política. Se reclamó mayor cooperación internacional, particularmente en temas tecnológicos y el abuso infantil. En relación con el uso de software espía sólo se pudo constatar que, de utilizarse, se haría bajo control judicial.
Los asuntos de igualdad y no discriminación, abordados con organizaciones especializadas, constataron el nivel alto de garantías existente al respecto en España, si bien se advirtieron problemas estructurales en el acceso al aborto y los servicios de apoyo y se señalaron los retrocesos que podrían producirse en los procedimientos de identidad de género, concluyéndose que los derechos requieren una vigilancia constante, sólidas garantías institucionales y una aplicación coherente para evitar su erosión.
Fueron los interlocutores académicos quienes más insistieron en las disfunciones institucionales. Por una parte, con el abuso del decreto ley, orillando la acción del parlamento o no presentando ante el mismo el proyecto de ley de presupuestos generales (hasta el momento así ha sido durante toda la legislatura). Por otra, entrando cuestiones abordadas por el resto de participantes en las entrevistas, como el tema de la «politización» del Tribunal Constitucional, el déficit que se observa en la regulación de las atribuciones de la fiscalía. Sus constataciones permiten a la delegación del Parlamento Europeo afirmar que, aunque España no puede describirse como un país que se enfrente a un colapso sistémico del Estado de derecho, comparable a los casos de Polonia o Hungría, por ejemplo, la acumulación de tensiones institucionales, las iniciativas legislativas controvertidas y la creciente polarización política pueden, en conjunto, afectar la calidad y la resiliencia del marco del Estado de derecho.
No es extraño, pues, que, como afirmaba al principio de este artículo, comentando el Eurobarómetro con respecto al gobierno y el parlamento, la confianza pública en las instituciones del sistema judicial también pueda ser considerada como baja, en gran parte porque los actores políticos deslegitiman públicamente las decisiones judiciales cuando les son desfavorables, porque la retórica política, la polarización mediática y el escaso conocimiento general de los procesos y los derechos procesales con que cuentan, no ayudan en nada a comprender ponderadamente los problemas que presenta el Estado de derecho y que tendrían que obtener respuestas adecuadas, como elementos estructurales de la democracia y como valores de la UE reconocidos por el art. 2 del Tratado de la Unión Europea.
Por algo, en una reciente sentencia, histórica, del 21 de abril de 2026, en un recurso de incumplimiento presentado por la Comisión contra Hungría, el Tribunal de Justicia de la UE ha apreciado, por primera vez, un grave ataque al Estado de derecho como valor de la UE reconocido en el art. 2 TUE. Otorgando valor constitucional a tal reconocimiento, el TJUE condena a Hungría por infringir no solo varias directivas y otras regulaciones vinculantes, especialmente de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, relacionadas con la comunicación y la discriminación, sino reconduciendo estas violaciones a una infracción directa del Estado de derecho. El TJUE señala que el Estado de derecho no solo se protege en los informes de la Comisión Europea, o mediante el procedimiento del art. 7 TUE por infracción de valores, sino que también puede ser protegido mediante un recurso de incumplimiento.
Y los recursos de incumplimiento se presentan tras constatar repetidamente que los otros instrumentos de protección del derecho de la UE no son suficientes para lograr que este mantenga su primacía sobre el derecho interno. A ello pueden coadyuvar, también, los informes de las comisiones especializadas, como el presente que comentamos de la delegación de la Comisión LIBE del PE. Veremos cómo la Comisión Europea lo incorpora al informe que, como cada año, emite sobre el Estado de derecho. Sería deseable que, además, las autoridades nacionales otorgaran a tales informes la relevancia que su naturaleza requiere, como evaluación política en el marco del Estado de derecho.