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El Supremo reabre el último fleco del 'caso Filesa' sobre la financiación irregular del PSOE

La Sala II del alto tribunal ha estimado el recurso presentado por el PP, como acusación popular, contra el auto de la Audiencia Provincial de Madrid

El Supremo reabre el último fleco del ‘caso Filesa’ sobre la financiación irregular del PSOE

La fachada del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2021, en Madrid (España). | EP

El Tribunal Supremo ha ordenado reabrir la última rama del caso Filesa sobre financiación irregular del PSOE que fue archivada hace dos años y que investigaba las subvenciones que recibió Viajes Ceres como agencia adjudicataria de un concurso público para organizar viajes del Imserso entre 1989 y 1991.

La Sala II del alto tribunal ha estimado el recurso presentado por el PP, como acusación popular, contra el auto de la Audiencia Provincial de Madrid que en 2019 decretó el sobreseimiento de esta causa por prescripción de los delitos de alzamiento de bienes, estafa, malversación de caudales públicos y cohecho.

Los magistrados del Supremo consideran que cuando la Audiencia de Madrid acordó la prescripción de los delitos todavía «no se había determinado, claramente, el objeto del enjuiciamiento», por lo que sostienen que «no es posible conocer la concreta imputación para determinar los términos que pueden dar lugar a la prescripción del hecho delictivo».

Sobreseimiento de la causa

La Audiencia madrileña decretó el sobreseimiento de la causa después de que el juez instructor dictara auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado.

Una decisión con la que, según el Supremo, el magistrado se limitó «determinar la imputación fáctica de unos hechos y la incriminación genérica de unos tipos penales, avanzando en la progresiva cristalización derivada de las exigencias del principio acusatorio».

Para el alto tribunal, «es preciso una mayor determinación del objeto del proceso que se realiza en los escritos de calificación de las partes acusadoras, y el posterior auto de apertura del juicio oral, donde se enmarca el objeto del proceso y se determina el órgano competente para el enjuiciamiento y la efectiva imputación de los hechos que van a ser enjuiciados».

Y añade que a partir de esa «determinación del objeto procesal», será cuando pueda examinarse la procedencia de la prescripción, ya que entre los delitos imputados «caben distintas alternativas delictivas que conforman distintas penas y distintas actuaciones del instituto de la prescripción».

La causa investigaba si Viajes Ceres, que en 1990 presentó suspensión de pagos- no declaró a Hacienda más de 2.000 millones de pesetas (12 millones de euros) de las subvenciones del Imserso para viajes de la tercera edad en 1989 y 1991. 

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