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Puigdemont invoca la 'doctrina Berlusconi' para aplazar el fallo del TC sobre su inmunidad

En su recurso, esgrime que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene la competencia exclusiva sobre las decisiones de la Eurocámara

Puigdemont invoca la ‘doctrina Berlusconi’ para aplazar el fallo del TC sobre su inmunidad

Carles Puigdemont. | Europa Press

Carles Puigdemont invoca la ‘doctrina Berlusconi’ para intentar aplazar el fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre su inmunidad como europarlamentario. En un escrito, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el expresidente de la Generalitat ha solicitado al tribunal de garantías que paralice su deliberación sobre un recurso de amparo que abordará este miércoles contra una sentencia del Tribunal Supremo que avaló la decisión del juez Pablo Llarena de pedir al Parlamento Europeo que levantase la inmunidad a Puigdemont y a los también los eurodiputados Clara Ponsatí y Toni Comín.

En un movimiento de última hora, el expresidente de la Generalitat pide al TC que suspenda el procedimiento y que envíe una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que dirima qué autoridades -nacionales o comunitarias- pueden decidir sobre la inmunidad de los tres diputados de Junts per Catalunya en el Parlamento Europeo.

En su escrito, remitido el pasado lunes, Puigdemont señala que durante la vista oral que tuvo lugar el 25 de noviembre en Luxemburgo sobre su inmunidad, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) hizo referencia a la ‘doctrina Berlusconi’. Dictada por el TJUE en el asunto C-219/17, la mencionada jurisprudencia establece que ese tribunal tiene «la competencia exclusiva para controlar la legalidad de los actos adoptados por las instituciones de la Unión». En este caso, Puigdemont, Comín y Ponsatí alegan que la decisión final sobre su inmunidad como europarlamentarios corresponde al TJUE.

«Decisión final» de la UE

El equipo legal del dirigente nacionalista busca que el Constitucional aplace y, en el mejor de los casos, se inhiba sobre la inmunidad de los tres europarlamentarios. Según su versión, en el caso del ex primer ministro italiano Silvio Berlusconi el TJUE falló a su favor al sostener que «corresponde al juez de la Unión, en virtud de su competencia exclusiva para controlar la legalidad de los actos de la Unión con arreglo al artículo 263 TFUE (…) pronunciarse sobre la legalidad de la decisión final adoptada por la institución de la Unión y examinar, para garantizar la tutela judicial efectiva de los interesados, los eventuales vicios de que adolezcan los actos de trámite o las propuestas procedentes de las autoridades nacionales y que puedan afectar a la validez de la decisión final».

A este respecto, los independentistas consideran que la solicitud de la suspensión de la inmunidad de un parlamentario conforme a lo dispuesto en el artículo 9, párrafo tercero, del Protocolo sobre los Privilegios y las Inmunidades de la Unión Europea constituye una etapa de un procedimiento en el que «una institución de la Unión ejerce, por sí sola, el poder de decisión final sin estar vinculada por los actos de trámite o las propuestas procedentes de las autoridades nacionales».

Por esta razón, ven procedente que el Tribunal Constitucional, conforme a dicha jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, eleve «una cuestión de orden público como es su eventual incompetencia, conforme al principio de primacía del Derecho de la Unión, para resolver sobre el presente recurso de amparo, por tratarse de un recurso interpuesto contra un acto preparatorio de un procedimiento en el que una institución de la Unión (en este caso, el Parlamento Europeo) ejerce, por sí sola, el poder de decisión final sin estar vinculada por los actos de trámite o las propuestas procedentes de las autoridades nacionales, que compete resolver en exclusiva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea».

Cuestión prejudicial

En la vista del pasado 25 de noviembre en Luxemburgo, el TGUE remarcó que el TJUE tenía la competencia absoluta para controlar la legalidad de las interlocutorias decididas por las instituciones europeas. En el caso en cuestión, la Eurocámara. Y también afirmó que este tribunal también tenía las competencias para examinar las interlocutorias de las autoridades de cada estado sobre las cuestiones que puedan afectar la validez de la decisión final.

La defensa de Puigdemont pide al Constitucional que dirija una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que decida si el procedimiento para el levantamiento de la inmunidad de un miembro del Parlamento Europeo es también exclusiva de este tribunal comunitario.

El caso que afectó a Berlusconi, al que aluden los abogados de Puigdemont, hace referencia a cuando, en 2014, el Banco de Italia y el Banco Central Europeo ordenaron al grupo Fininvest de Berlusconi, que tiene el 30% de Mediolanum, reducir su participación por debajo del 10%, al considerar que el ex primer ministro italiano no era apto para controlar una mayor participación debido a una condena por fraude tributario.

Un tribunal italiano preguntó al TJUE si los tribunales nacionales podrían hacerse cargo del caso. Luxemburgo resolvió que dependía de los tribunales europeos juzgar una decisión porque el Banco Central Europeo (BCE) era una institución comunitaria.

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