El alcalde de Gines (Sevilla) irá a juicio por un presunto fraude de 860.000 euros en una feria
La Fiscalía pidió el archivo al no ver indicios de delito, pero el juez lo rechaza y ve base suficiente para el juicio oral

El alcalde de Gines, Romualdo Garrido Sánchez. | Francisco J. Olmo (EP)
Un juez de Sevilla ha acordado la apertura de juicio oral contra veinte personas por su presunta implicación en irregularidades relacionadas con la organización del evento «La Pará de Gines», celebrado en distintas ediciones entre 2006 y 2016. Entre los acusados figuran el actual alcalde del municipio (PSOE), Romualdo Garrido, un exregidor y varios cargos municipales que formaron parte de distintas juntas de gobierno. La causa se remite ahora a la Audiencia Provincial de Sevilla.
El instructor ha fijado una fianza de 500 euros para cada acusado para cubrir posibles responsabilidades económicas.
Las acusaciones abarcan distintos delitos en función de cada investigado. Entre ellos se incluyen prevaricación urbanística y administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude, exacciones ilegales y falsedad documental.
El auto recoge que, según lo instruido, durante más de una década no se habrían seguido los procedimientos administrativos exigibles para la organización y financiación del evento. El juez sitúa en ese contexto las presuntas irregularidades ahora sometidas a juicio. El instructor cifra el posible perjuicio para las arcas municipales en torno a 859.459,36 euros, de acuerdo con la documentación incorporada a la causa.
Según ha consultado THE OBJECTIVE, el procedimiento se sustenta en informes periciales elaborados por interventores de la Junta de Andalucía y en atestados de la Guardia Civil incorporados durante la fase de instrucción.
Delitos en la causa
Uno de los puntos clave del caso es el choque entre la Fiscalía y el juez. El Ministerio Público pidió el archivo de la causa al no ver indicios suficientes de delito y considerar que los hechos no iban más allá de irregularidades administrativas.
El juez, sin embargo, rechaza esa petición y sostiene que el asunto debe resolverse en juicio oral. En su resolución afirma que los indicios recogidos durante la instrucción tienen entidad suficiente para mantener la causa abierta.
El magistrado añade que no pueden ignorarse las conclusiones de la investigación, especialmente en lo relativo a la gestión de fondos públicos y a los procedimientos de contratación.
Actuación administrativa y continuidad en el tiempo
El auto describe una dinámica sostenida de funcionamiento irregular en la organización del evento durante once años consecutivos. La resolución recoge que no se habrían respetado las exigencias legales en materia de contratación pública y control administrativo.
El juez habla de una «flagrante vulneración de la normativa» y de un uso continuado de prácticas administrativas al margen de los principios de eficacia, economía y control en la gestión pública. Estas circunstancias, dice, refuerzan la necesidad de que los hechos sean examinados en el juicio oral para determinar su posible relevancia penal.
