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Conde-Pumpido se aparta del recurso de amparo de Puigdemont en el Constitucional

Fuentes de la corte de garantías explican que su presidente se ha abstenido en todos los asuntos del ‘procés’

Conde-Pumpido se aparta del recurso de amparo de Puigdemont en el Constitucional

Conde-Pumpido tras reunirse con la presidenta del Congreso en enero. | Eduardo Parra (Europa Press)

El Pleno del Tribunal Constitucional revisará la decisión de la Sección de Vacaciones de no admitir a trámite el recurso de Carles Puigdemont contra la última orden de detención dictada por el Tribunal Supremo. Lo hará el próximo 12 de septiembre por avocación, pero en el proceso no participará Cándido Conde-Pumpido. Fuentes de la corte de garantías explican a THE OBJECTIVE que el presidente se ha abstenido en todos los asuntos del procés derivados de la causa penal abierta en el Alto Tribunal.

La Sala de Vacaciones rechazó hace un mes la petición de Puigdemont para evitar la última orden de detención dictada por el juez Pablo Llarena, instructor del Tribunal Supremo. La orden se emitió en junio por delitos de desobediencia y malversación. La Sala, que hacía más de una década que no se reunía, desestimó la petición del expresidente catalán y del exconsejero Toni Comín por dos votos a uno al considerar que no aportaban indicios de una vulneración de derechos.

Una de las magistradas, Laura Díez, emitió un voto particular discrepante en el que criticaba «la premura» en la decisión. Además, recordaba que la práctica seguida hasta ese momento en relación a los recursos del procés era admitirlos a trámite para analizar con detalle su contenido en el Pleno. En esa dirección se manifestó también la magistrada María Luisa Balaguer, que consideró que la fórmula empleada «no es la usual».

Las exigencias de Puigdemont

La Fiscalía recurrió el procedimiento aludiendo a que la Sección de Vacaciones no tenía entre sus limitadas competencias en casos de «urgencia» la de emitir una resolución que entrara a fondo en el recurso de amparo hasta el punto de considerar que su admisión a trámite carecía de fundamento. Puigdemont, que este martes ha exigido desde Bruselas a Pedro Sánchez una ley de amnistía para apoyar su investidura, es una figura clave para la gobernabilidad de España.

«Los razonamientos jurídicos recogidos en el auto recurrido no justifican debidamente, a la vista de la normativa aplicable, la competencia de dicha Sección para adoptar tal resolución. […] El referido auto excede el ámbito material de jurisdicción que, con carácter excepcional y por razones de urgencia, corresponde a dicha Sección», reconocía el recurso elaborado por el fiscal jefe del Constitucional, Pedro Crespo.

El texto sostiene que la Sección de Vacaciones «no admite el recurso de amparo para poder resolver una cuestión urgente, sino que, al revés, invoca en abstracto su competencia por presunta razón de urgencia para inadmitir el recurso, sin dejar constancia de urgencia alguna, que en realidad no existe». Un argumento que ya defendió la magistrada Laura Díez, del bloque progresista, en su voto particular.

Sus compañeros Concepción Espejel y César Tolosa, de tendencia conservadora, entendieron que debían pronunciarse ya que el recurso de Puigdemont incluía una petición cautelar, esto es, inmediata, sobre el auto de detención dictado por el juez Llarena. La Fiscalía resalta que existió una discrepancia sobre competencia. No obstante, no está claro a qué sección correspondía la decisión ya que no ya existen antecedentes.

La inadmisión del recurso de Puigdemont por la Sección de Vacaciones contrastaba con la práctica del Constitucional, que en los últimos años ha admitido a trámite todos los recursos relativos al procés. Los magistrados consultados por este diario destacan que, siguiendo ese criterio, lo previsible es que la petición del expresidente catalán también se hubiese admitido a trámite.

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