La Justicia obliga a Albares a readmitir a la canciller de la embajada española en Bélgica
Los magistrados critican la ausencia de motivación por parte de Exteriores cuando cesó a la funcionaria en 2022

José Manuel Albares. | Nono Rico (EP)
Revés judicial para el Ministerio de Asuntos Exteriores. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente el recurso de apelación de la funcionaria Elsa Calatrava, destituida en agosto de 2022 como canciller en la embajada española en Bélgica, y obliga al departamento que dirige José Manuel Albares «a que se le restablezca en el puesto con los efectos administrativos en su expediente personal en cuanto a antigüedad y económicos que correspondan», según se indica en una sentencia aprobada por unanimidad de la citada sala a principios de abril.
A juicio del tribunal, no ha quedado acreditada por la recurrente la desviación de poder que alegaba,, ya que «no cabe concluir que el cese en el puesto de canciller responda a desencuentros personales con la Sra. Embajadora (Beatriz Larrotcha) únicamente por la circunstancia de que el cese no estuviera motivado o las razones ofrecidas no resulten suficientes, que son los indicios que señala la demandante para apreciar la desviación de poder».
Sin embargo, critica «la ausencia de motivación o la insuficiencia de la misma», que supone «un vicio del acto administrativo de cese, por lo que la consecuencia lógica de la anulación es que éste no puede surtir efectos y ello implica que debe restablecerse la situación jurídica anterior», se señala en la sentencia, que es susceptible de recurso en casación.
La sección sindical de UGT ha celebrado la decisión del TSJM en un comunicado interno a los trabajadores de Exteriores al que ha tenido también acceso este diario. «La resolución judicial supone un serio correctivo al Ministerio de Asuntos Exteriores y vuelve a poner sobre la mesa una realidad que demasiados empleados públicos del servicio exterior conocen bien: ceses traumáticos, decisiones opacas ‘amparadas’ mediante falsedad documental con despachos reservados, suspensos en entrevistas y uso abusivo de la libre designación y discrecionalidad técnica como herramienta de presión o apartamiento profesional de excelentes empleados», se indica en el correo remitido la pasada semana.
El sindicato subraya la «contundente y especialmente grave» sentencia contra el departamento de Albares, al recordar que la pérdida de confianza de un cargo con un subordinado «no puede convertirse en una fórmula vacía para justificar cualquier cese sin explicación real». El tribunal desmonta la actuación administrativa seguida en este caso y deja claro, a juicio de UGT, que incluso en puestos de libre designación, la Administración «está obligada a motivar de forma concreta, objetiva y verificable» las razones profesionales que justificarían la pérdida de idoneidad.
«El propio tribunal reprocha al ministerio haber intentado justificar posteriormente el cese mediante documentación que ni siquiera constaba en el expediente administrativo original, afectando al derecho de defensa de la trabajadora. UGT lleva años denunciando que determinados ceses en el exterior generan situaciones humanas y profesionales extremadamente duras: ruptura abrupta de proyectos personales y familiares, deterioro psicológico, pérdida reputacional, aislamiento profesional y un clima de miedo incompatible con una Administración moderna y garantista», incide el citado sindicato en su comunicado.
«Ceses carentes de motivación suficiente»
UGT advierte, igualmente, que quienes prestan servicio en el exterior lo hacen, además, «bajo especiales condiciones de presión, movilidad internacional y afectación familiar y económica». Por ello, las decisiones administrativas «deben extremar las garantías jurídicas y humanas, no debilitarlas». Y aunque los magistrados no aprecian suficientemente acreditada la situación de acoso denunciada por la recurrente, sí deja un mensaje «inequívoco», en opinión del sindicato. En concreto, la discrecionalidad administrativa «tiene límites y los tribunales pueden y deben controlar los ceses carentes de motivación suficiente».
Por todo ello, la citada sección sindical reclama a Albares el fin «de las prácticas arbitrarias» en los ceses, «mayor transparencia» en los procedimientos de libre designación, así como «protocolos reales» de prevención de conflictos y protección del personal y un modelo de gestión del Servicio Exterior «basado en la profesionalidad, la seguridad jurídica y el respeto a la dignidad de las personas».
«Esta sentencia no es solo la victoria de una trabajadora. Es también un aviso claro de que la arbitrariedad administrativa no puede normalizarse dentro del servicio exterior del Estado con el beneplácito de una Inspección General de Servicios mirando siempre hacia otro lado», concluye UGT.
