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¿Qué medidas de la desescalada podrían aplicarse sin el estado de alarma?

¿Podría el Gobierno limitar la circulación de los ciudadanos sin estado de alarma? ¿Y la actividad comercial?

¿Qué medidas de la desescalada podrían aplicarse sin el estado de alarma?

La pandemia de coronavirus[contexto id=»460724″] nos ha hecho aprender sobre la marcha a comportarnos frente a una nueva enfermedad y adaptarnos poco a poco a un nuevo estilo de vida que no sabemos cuánto durará. El encargado de que nuestra vida haya cambiado durante meses ha sido el coronavirus, sí, pero para poder hacerlo han sido necesarios instrumentos como el estado de alarma, que ha permitido obligar el confinamiento de la población y limitar sus movimientos.

Sin embargo, el estado de alarma puede no durar todo lo que el Gobierno quiere y, por tanto, tendrán que buscar una alternativa que permita aplicar algunas, si no todas, las medidas que se han propuesto para el proceso de desescalada.

Las posibles opciones que se han comentado durante estas semanas han sido la Ley de Salud Pública y la Ley de Medidas Especiales, aunque también se ha hablado de la Ley de Protección Civil para asuntos relacionados con el orden público.

Los juristas parecen no ponerse de acuerdo en qué medidas de la desescalada, según está planteada actualmente, se podrían mantener con estas leyes, aunque hay algunos puntos que sí están más claros.

Para entender mejor lo que permitiría hacer cada una y qué supondría su aplicación, hablamos con José María Lafuente y con Javier Yagüe, abogados expertos en derecho constitucional.

Limitar la movilidad de los ciudadanos

Una de las principales razones que argumentan los defensores de ampliar el estado de alarma es que esta es la única herramienta que permite limitar el derecho de circulación de los ciudadanos.

Y esto es cierto, en parte. Tanto la Ley de Salud Pública como la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986 prevén el control de la circulación de algunos ciudadanos, pero solo de aquellos que estén enfermos o hayan estado en contacto estrecho con los contagiados.

“Si no se extendiese el estado de alarma, tendríamos que aplicar regulaciones legales estrictas de la libertad de desplazamiento, pero ya no se podrían hacer limitaciones más allá de lo que la normativa legal permite”, explica Lafuente. Es decir, no se podría limitar la circulación hasta el punto que se hace con el estado de alarma.

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Foto: Rodrigo Jiménez | EFE

El derecho de reunión

Otro de los aspectos que más ha preocupado a los ciudadanos durante el tiempo de confinamiento han sido los encuentros con familiares y amigos. Hasta ahora, en las provincias que se encuentran en fase 0 no se pueden celebrar, y las que se encuentran en fase 1 solo pueden juntar un máximo de 10 personas.

Si se acabara el estado de alarma, Lafuente afirma que “la reunión definitivamente no se podría” limitar. “Con las otras libertades ya entramos en el terreno de lo opinable”, añade.

Cierre o restricción de actividad de negocios

El cierre parcial de empresas y actividades es uno de los principales puntos de la desescalada, que plantea la reducción de aforo en comercio, hostelería y otros servicios para evitar la propagación del virus.

De manera generalizada, como se está haciendo hasta ahora, esto ya no sería posible sin el estado de alarma. Pero la Ley de Salud Pública de 2011 sí contempla el cierre preventivo de instalaciones, establecimientos, servicios e industrias, así como la suspensión del ejercicio de actividades, aunque con ciertas limitaciones, puesto que la ley expresa que las medidas que se adopten deberán “respetar el principio de proporcionalidad”.

Por este motivo, la interpretación de la ley es distinta según los expertos. Algunos, como Javier Yagüe, consideran que “el cierre o restricción de apertura de negocios solo puede acordarse, en estos momentos, por la aplicación de la ley orgánica 4/1981, mediante las órdenes de aplicación del estado de alarma”.

En la misma dirección apunta Lafuente, que dice que, en su opinión, “si no hay alarma, no se puede restringir la actividad de las empresas”, aunque señala que “son cuestiones muy interpretativas”.

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Foto: Sergio Pérez | Reuters

El mando único

En lo que sí coinciden los expertos es en que el fin del estado de alarma supondría también acabar con el mando único del Gobierno central. Por tanto, el poder de decisión sobre cómo llevar a cabo la desescalada en los distintos territorios recaería sobre las comunidades autónomas, que podrían aplicar restricciones diferentes a sus ciudadanos.

Además, dejarían de estar al mando del Ministerio del Interior las policías locales y autonómicas, que volverían a su estado habitual.

En este vídeo puedes ver un resumen de lo que permitirían estas leyes: 

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