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La Justicia europea rechaza el recurso de Hungría y Eslovaquia contra la acogida de refugiados

Eslovaquia y Hungría no pueden rechazar la reubicación de solicitantes de asilo desde Grecia e Italia, acordada a nivel comunitario en respuesta a la crisis migratoria en la Unión Europea en 2015, según ha dictaminado este miércoles el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Los jueces de la UE han desestimado los recursos de esos dos países contra el mecanismo provisional de reubicación obligatoria de solicitantes de asilo acordado por el Consejo de la Unión.

La Justicia europea rechaza el recurso de Hungría y Eslovaquia contra la acogida de refugiados

Eslovaquia y Hungría no pueden rechazar la reubicación de solicitantes de asilo desde Grecia e Italia, acordada a nivel comunitario en respuesta a la crisis migratoria en la Unión Europea en 2015, según ha dictaminado este miércoles el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Los jueces de la UE han desestimado los recursos de esos dos países contra el mecanismo provisional de reubicación obligatoria de solicitantes de asilo acordado por el Consejo de la Unión.

Según el Tribunal, el mecanismo contribuye de forma efectiva y proporcionada a que Grecia e Italia puedan hacer frente a las consecuencias de la crisis migratoria de 2015. La decisión del Consejo prevé la reubicación desde esos dos Estados miembros a otros países de la UE, durante dos años, de 120.000 personas manifiestamente necesitadas de protección internacional.

Esa medida se ha acordado sobre la base de la legislación europea, que prevé que si uno o varios Estados miembros se enfrentan a una situación de emergencia por la afluencia repentina de nacionales de terceros países, el Consejo puede adoptar, a propuesta de la Comisión, medidas provisionales para ayudar a los países afectados.

Eslovaquia y Hungría, que como la República Checa y Rumanía votaron en el Consejo en contra de la adopción de dicha decisión, solicitaron al Tribunal de Justicia su anulación. Alegaron a ese efecto argumentos para demostrar que hubo errores de procedimiento en su adopción o que se fundamentó en una base jurídica incorrecta y, por otra parte, que la medida no es adecuada para responder a la crisis migratoria ni necesaria para tal fin.

Durante el procedimiento ante el Tribunal, Polonia intervino en apoyo de Eslovaquia y Hungría, mientras que Bélgica, Alemania, Grecia, Francia, Italia, Luxemburgo, Suecia y la Comisión lo hicieron respaldando al Consejo.

En su sentencia de este miércoles, el Tribunal de Justicia ha desestimado en su totalidad los recursos interpuestos por Eslovaquia y Hungría. Por un lado, rechaza que debiera haberse utilizado el procedimiento legislativo y concluye que la decisión podía adoptarse según un procedimiento no legislativo y es un acto no legislativo.

Además, los jueces consideran que el Tratado de la UE permite a las instituciones europeas adoptar todas las medidas provisionales necesarias para hacer frente de manera efectiva y rápida a una situación de emergencia por la afluencia repentina de personas desplazadas.

El Tribunal considera asimismo que el Consejo no estaba obligado a adoptar la decisión impugnada por unanimidad y que el mecanismo de reubicación establecido por la decisión no supone una medida inadecuada para alcanzar el objetivo de ayudar a Grecia e Italia a afrontar la crisis migratoria.

Por us parte, el ministro de Exteriores de Hungría, Péter Szijjártó, ha calificado de «indignante» e «irresponsable» el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que, por ello, su país «no está dispuesto a aceptar ni a un inmigrante».

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