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Estas son las condiciones y requisitos de la ayuda de 100 euros por hijo

Este complemento, aprobado en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, es una ampliación de la que ya existía

Estas son las condiciones y requisitos de la ayuda de 100 euros por hijo

Podrán pedir esta ayuda las madres con hijos de entre 0 y 3 años | Pixabay

El Gobierno ha aprobado este martes, en el Consejo de Ministros, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año que viene. El conjunto de medidas aprobadas por la coalición suman el mayor gasto social de la historia. Las formaciones del Gobierno han llegado a un acuerdo ‘in extremis’ a primera hora del martes y, entre las medidas más importantes, está la Ley de familias. Esta permitirá nuevos permisos de conciliación y la revalorización de las pensiones.

Concretamente, y según ya adelantaba la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, con la nueva medida buscan ampliar la ayuda de 100 euros que ya recibían las madres trabajadoras. Ahora, podrán acceder a ella también las familias que reciban el Ingreso Mínimo Vital, así como aquellas que tengan bajos ingresos.

Desde que comenzó a aplicarse esta ayuda a las madres trabajadoras, tanto por cuenta ajena como las autónomas, estas están en su derecho de recibir una deducción anual de hasta 1.200 euros en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por sus hijos de 0 a 3 años.

Además, también está la opción de recibir el dinero directamente, solicitando un abono anticipado de 100 euros mensuales. Pero, de esta forma, quienes no trabajaban no podían ser receptoras de esta ayuda. Por ello, con esta ampliación el Gobierno busca paliar esta desigualdad.

En qué consiste la medida y cambios en 2023

Según aparece explicado en el portal Ayudas-Subvenciones, esta ayuda de 100 euros está dirigida a las madres trabajadoras. Es un apoyo económico vinculado a las rentas del trabajo que las madres pueden percibir, también de forma anticipada. De ser así, recibiría un máximo de 100 euros mensuales por hijo que tenga menos de tres años.

Otra opción, no obstante, es añadirlo a la declaración de la Renta, minimizando la cantidad requerida por Hacienda en caso de que la declaración salga a pagar o sumándolo a lo que la Agencia Tributaria tiene que devolver. En ambos casos, la cuantía máxima es de 1.200 euros anuales, 100 cada mes. Y solo podrá percibirse hasta que el niño cumpla los tres años.

Dentro del acuerdo alcanzado ahora por PSOE y Unidas Podemos está contemplada la universalización de la ayuda de 100 euros para las madres que tengan hijos con edades entre los 0 y los 3 años. Por lo tanto, de esta forma podrán también obtener esta ayuda aquellas madres que no tengan empleo fijo, aunque aún queda por conocer si tendrán algún límite máximo de renta.

También hay otras medidas a «tramitar urgentemente», según ha declarado la vicepresidenta Yolanda Díaz. Entre ellas está un nuevo permiso de conciliación para cuidadores, circunstancias familiares imprevistas y un nuevo permiso parental de 8 semanas. Además, las familias monoparentales que tengan dos hijos también podrán adherirse a la categoría de familias numerosas. Todos estos cambios entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

Requisitos actuales

Para solicitar esta ayuda existen una serie de requisitos, detallados en la página web de la Agencia Tributaria, pero el principal es que la madre esté trabajando y dada de alta en la Seguridad Social (o haya estado dada de alta durante un mínimo de 30 días). Aparte de esto, podrán solicitar la ayuda:

  • Las mujeres con hijos menores de tres años. Si los progenitores son del mismo sexo, las dos tendrán derecho a aplicar la deducción.
  • En caso de que la madre fallezca, podrá solicitarlo el padre o tutor del menor.
  • En caso de tener la guarda y custodia exclusiva, lo podrá solicitar el padre o tutor del menor.
  • Deben tener derecho a la aplicación del mínimo por descendientes y realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

No se podrá percibir la ayuda si se cobra la prestación o el subsidio por desempleo o si se encuentran en situación de excedencia voluntaria.

Cómo solicitar la ayuda

La ayuda puede solicitarse de forma presencial en una Administración de la Agencia Tributaria.
La ayuda puede solicitarse de forma presencial en una Administración de la Agencia Tributaria. Foto: Marta Fernández (Europa Press)

Hay tres formas de hacerlo:

  • Presencial

La persona solicitante tendrá que acudir a cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentado. También podrá enviarse vía correo postal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  • Por teléfono

Para ello hay que llamar al número 901 200 347, puesto en marcha por el Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, que es gratuito.

Durante la llamada será necesaria la información del Número de Identificación Fiscal (NIF), el número de cuenta bancaria, el número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF, así como los datos del registro civil que se muestran en el libro de familia.

  • Por internet

Por último, también está la opción de realizar el trámite de forma online. Para ello será necesario acceder a la sede electrónica con el NIF, el DNI electrónico o un navegador con certificado electrónico instalado.

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