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Las eléctricas se enfrentan a multas de hasta 60 millones si incumplen las normas impuestas por Sánchez

Las eléctricas se enfrentan a multas de hasta 60 millones si incumplen las normas impuestas por Sánchez

Jesús Hellín | Europa Press

Las compañías eléctricas tienen nuevas normas que cumplir y no hacerlo puede salirle muy caro. En concreto, las comercializadoras de electricidad y de gas natural tendrán que reportar, con un mes de antelación, cualquier modificación en los contratos y remitir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) una información «transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios aplicables a todas las ofertas disponibles en cada momento».

Todas las promociones estarán así a disposición de los consumidores en la herramienta web de Competencia denominada Comparador de Ofertas de EnergíaSegún se desprende del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 octubre, la inexactitud o falsedad en la documentación aportada tendrá la consideración de infracción «muy grave», de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Las empresas también deberán facilitar a la Administración Pública y al organismo que preside Cani Fernández información sobre producción, consumo, venta de energía y otros aspectos que se establezcan reglamentariamente.

Infracciones muy graves

La normativa recoge que por una infracción muy grave se impondrá una multa por importe de entre seis y 60 millones de euros. Ahora bien, ¿qué se considera muy grave? Hay hasta 51 casos, pero destacan la aplicación irregular de precios, cargos y tarifas [con una alteración superior al 15%], la inexactitud o falsedad en cualquier dato y la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones inspectoras, entre otros.

En este contexto, los clientes tendrán que ser notificados de forma directa por su suministrador sobre cualquier revisión de los precios derivada de las condiciones previstas, con al menos un mes de antelación a su aplicación. Las comunicaciones de revisiones deberán incluir una comparativa de los precios aplicados antes y después del cambio, así como una estimación del coste anual del suministro para dicho consumidor y su comparativa con el coste anual previo.

Las eléctricas estarán obligadas a poner a disposición del Ministerio para la Transición Ecológica, de las comunidades autónomas, de la CNMC y de la Comisión Europea los datos sobre todas las transacciones de los contratos de suministro

Por otro lado, se les obligará a las eléctricas a poner a disposición del Ministerio para la Transición Ecológica, de las comunidades autónomas, de la CNMC y de la Comisión Europea los datos sobre todas las transacciones de los contratos de suministro con clientes mayoristas y los gestores de redes de transporte durante al menos cinco años.

En el apartado del mecanismo de minoración de los beneficios por la generación nuclear e hidroeléctrica, los productores de energía susceptibles de ser afectados tendrán que aportar una «declaración responsable» y documentación acreditativa sobre la energía cubierta por instrumentos de contratación a plazo.

Declaración firmada por el CEO

Asimismo, tendrán que aportar todos los meses una declaración responsable firmada por el consejero delegado que incluya, al menos, la energía mensual sujeta al instrumento de contratación a plazo, la fecha de celebración de dichos instrumentos, así como el volumen, precio y plazo de entrega o liquidación de la energía negociada y comprometida en contratación a precio fijo.

Una vez comprobada toda la documentación por la CNMC, el operador del sistema, Red Eléctrica, las considerará para realizar las liquidaciones mensuales pendientes.

Tras el nuevo Real Decreto-ley, quedan fuera de la minoración los contratos bilaterales, más conocidos como PPA (a largo plazo), y los que afectan a los grupos integrados [la eléctrica vende la energía a su propia comercializadora y esta al consumidor final] firmados antes del 16 de septiembre. También los nuevos que se firmen a partir de dicho día y mantengan un precio fijo, mientras que si tienen indexado el precio al mercado, se minorará la parte proporcional. En los demás supuestos se aplicará la misma regla de minoración.

En un principio, el impacto que iban a sufrir las compañías era de 2.600 millones de euros y ahora se ha rebajado en 600 millones. Iberdrola y Endesa eran las compañías más afectadas.

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