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Tribunales

El Tribunal de Justicia de la UE dictará la sentencia sobre la amnistía el próximo 16 de julio

El tribunal europeo resolverá las cuestiones prejudiciales del Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional

El Tribunal de Justicia de la UE dictará la sentencia sobre la amnistía el próximo 16 de julio

Carles Puigdemont. | Europa Press

La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictará el próximo 16 de julio las dos primeras sentencias sobre las dudas de los tribunales españoles en la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía y su compatibilidad con el Derecho comunitario, por la que el Alto Tribunal europeo ha recibido hasta cuatro cuestiones prejudiciales sobre las que debe decidir con sentencias vinculantes.

En esta ocasión se pronunciará sobre los dos asuntos para los que el Abogado General emitió sendos dictámenes en noviembre del pasado año, con los que descartó que la tramitación de la ley respondiera a una «autoamnistía» o que colisione con la legislación de la UE en la lucha contra el terrorismo o que afecte a intereses financieros de la UE; aunque consideró que sí puede haber vulneraciones menores al Derecho de la UE.

El primero de ellos tiene que ver con la consulta del Tribunal de Cuentas con respecto a la responsabilidad contable del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y otras personas en el uso de fondos públicos para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal por el Tribunal Constitucional, y para apoyar la acción exterior del procés.

La segunda sentencia responderá a la cuestión prejudicial remitida por la Audiencia Nacional en el caso de terrorismo atribuido a varios miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) para aclarar si la aplicación de la amnistía en este caso contravendría el Derecho comunitario y garantizaría la impunidad de los delitos.

De este modo, el Alto Tribunal europeo se pronunciará un año después de que tuvieran lugar las vistas correspondientes en la Gran Sala que componen quince jueces y siete meses después de que el abogado general Dean Spielmann leyera sus conclusiones sobre los casos. Aunque las posiciones del Abogado General no son vinculantes para las sentencias que debe dictar después el TJUE, sí marcan la línea de los fallos emitidos en la gran mayoría de los casos.

En respuesta al Tribunal de Cuentas, el abogado europeo descartó que la amnistía afecte a intereses financieros de la Unión Europea porque «no existe un vínculo directo entre los actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión».

Aunque sí advirtió, en lo que se refiere al derecho a la tutela judicial, de que el plazo máximo de dos meses para dictar sobre la aplicación de la amnistía en un caso «podría resultar demasiado corto» para determinar si el asunto está cubierto o no por la LOA en función de si se trata de fondos de origen nacional o europeos y de su uso efectivo para promover la independencia de Cataluña fuera de España.

En cuanto al asunto que afecta a varios miembros de los CDR, el Abogado General ve claro que no existe colisión con la directiva europea de lucha contra el terrorismo y explica que la ley española «no priva» a la europea de su plena eficacia, al tiempo que descarta que responda a una «autoamnistía», en contra de la posición que defendió la Comisión Europea en en la vista pevia ante la Gran Sala.

Así, el abogado considera que la LOA «cumple los estándares» establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos porque se aprobó en «un contexto real de reconciliación política y social» y «no constituye una autoamnistía»; y porque «no incluye violaciones graves de Derechos Humanos».

En este sentido, el dictamen apuntó también la amnistía española «establece una exclusión explícita de los actos que hayan causado de forma intencionada tales violaciones, sin incluir formalmente el conjunto de los delitos contemplados en la Directiva».

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