THE OBJECTIVE
Consumo

Cuentas bancarias gratuitas: qué son, para quién y cómo solicitarlas

Consumo recuerda a los bancos la obligatoriedad de conceder este tipo de cuentas sin gastos a personas vulnerables o en exclusión financiera

Cuentas bancarias gratuitas: qué son, para quién y cómo solicitarlas

Unsplash

Las entidades financieras están obligadas por ley a ofrecer una cuenta bancaria básica, totalmente gratuita, a aquellas personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad o que estén en riesgo de exclusión financiera. Sin embargo, esas cuentas no parecen tener demasiado arraigo en nuestro país, muchas veces por las reticencias de los bancos, que incluso omiten la posibilidad cuando se les plantea o ponen pegas que no siempre vienen a cuento. Lo cierto es que en España hay únicamente 18.775 personas vulnerables que tienen una cuenta bancaria gratuita, según datos del Banco de España, a pesar de el Ministerio de Consumo alerta de que existen cientos de miles de posibles beneficiarios.

Ese reducido número de beneficiarios puede deberse al desconocimiento de los consumidores de la existencia de esa clase de cuentas sin gastos, además del hermetismo de las entidades bancarias a la hora de anunciarlas, precisamente en un momento en que puede haber una cifra significativa de nuevos candidatos propiciado por personas que han huido de Ucrania a causa de la invasión por parte de Rusia. Por ello, Consumo ha advertido por carta a la Asociación Española de Banca (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) de que todas las entidades deben ser proactivas, también con las personas procedentes de Ucrania que en las próximas semanas requerirán de este servicio de manera urgente.

PAGOS. Cuándo prescribe una deuda

Todo son ventajas en las cuentas bancarias gratuitas

Esas cuentas bancarias gratuitas a las que tienen derecho las personas más vulnerables o en riesgo de exclusión financiera están siempre exentas de comisiones y no obligan a la contratación de ningún otro producto extra, lo cual permite a los titulares contratar servicios básicos, como el agua, la luz o el gas; acceder a ayudas públicas, solicitar prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), retirar efectivo, o realizar operaciones con tarjetas de débito o prepago con un límite de hasta 120 movimientos anuales. Para acceder a ellas, los solicitantes deben acreditar su identidad a través del DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, tarjeta roja o TIE, y cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Residir legalmente en la Unión Europea, aunque no se disponga de un domicilio fijo.
  • Ser solicitante de asilo.
  • Carecer de documentación en regla pero estar en una situación excepcional que impida la expulsión del país, como es el caso, por ejemplo, de las mujeres embarazadas.

Ingresos en relación al IPREM

Cuentas bancarias gratuitas y sin comisiones para los más vulnerables
Existen cuentas bancarias gratuitas para personas en riesgo de exclusión

Quien solicite la cuenta bancaria gratuita, además, debe acreditar igualmente que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica, justificando sus ingresos en relación al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y aportando, junto con el libro de familia, en el caso de existir vínculo familiar, cualquiera de los siguientes documentos:

  • Certificado de rentas del último ejercicio tributario.
  • Últimas tres nóminas.
  • Certificado de prestación o subsidio de desempleo.
  • Certificado acreditativo de los salarios sociales o ayudas de asistencia social.
  • Certificado de prestaciones por cese de actividad.

En caso de no disponer de ninguno de estos documentos y con el objetivo de garantizar el derecho de las personas en situación de vulnerabilidad económica y financiera, el Ministerio de Consumo recuerda que se puede entregar un informe emitido por los servicios sociales del ayuntamiento en el que se haya realizado el empadronamiento y que avale la idoneidad para abrir la cuenta.

Treinta días de plazo

Las entidades bancarias a las que se les solicite la cuenta tienen un plazo máximo de 30 días desde que se aporta la documentación para resolver la solicitud. Dicha comunicación deberá formalizarse por escrito y de manera gratuita en todos los casos, y si no se recibe contestación en ese plazo de 30 días, se entenderá que le ha sido concedida al solicitante la cuenta gratuita, ya que la denegación debe hacerse siempre por escrito.

Consumo recuerda que en caso de necesidad, la persona interesada puede poner una reclamación ante el Banco de España y que para la resolución de todas las dudas relativas a las cuentas gratuitas, Consumo dispone de un documento informativo a tal efecto que puede consultarse y que explica de manera detallada todos los requisitos necesarios y los beneficios que aporta una cuenta gratuita.

Campaña con Ucrania como ejemplo

De hecho, el Ministerio de Consumo de Alberto Garzón parece haberse tomado esta cuestión de las cuentas gratuitas coincidiendo con la invasión de Ucrania, puesto que desde finales de marzo promueve una campaña informativa en la que incide en que las entidades financieras tienen la obligación de ofrecer cuentas básicas gratuitas a las personas en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera, y llama especialmente la atención hacía los ciudadanos ucranianos que puedan recalar en nuestro país:

«Hay que considerar que las personas solicitantes de asilo que lleguen a nuestro país como consecuencia de la actual agresión a Ucrania requerirán de estos servicios para poder iniciar una vida en España«, refleja el escrito de Consumo, que también pide a las entidades que cumplan «escrupulosamente» con la obligación de proporcionar cuentas gratuitas a las personas en situación de vulnerabilidad económica o en riesgo de exclusión financiera dado el bajo número de beneficiarios del que alerta el Banco de España.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D