THE OBJECTIVE
Francesc de Carreras

Lecciones de Chile, también para España

«Regular materias polémicas en las constituciones es un error: esta es la lección que creo ha aprendido Boric tras el referéndum»

Opinión
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Lecciones de Chile, también para España

El presidente de Chile, Gabriel Boric. | Europa Press

La derrota del proyecto de Constitución de Chile ya estaba decidida antes del día de su votación en referéndum, incluso si hubiera resultado ganadora en votos. No fue así, el 62% votó en contra y solo el 38% a favor, son cifras contundentes y expresan, más allá del buen sentido de una gran mayoría de chilenos (la participación fue del 87%, con voto obligatorio), la mala calidad de la técnica jurídica empleada por la Convención constitucional que la había propuesto. 

Los errores en este recorrido constituyente han sido tanto de procedimiento como de producto final, es decir, de contenido, y no pueden separarse uno de otro: el segundo es resultado del primero. Y se me hace extraño que en un país de buenos juristas como es Chile se presentara un texto tan disparatado. 

Pero así ha sido. Tengo la impresión incluso que el mismo presidente Boric se alegró de un resultado tan rotundamente adverso: así podrá gobernar sobre las cosas que importan a la mayoría de chilenos (economía, fiscalidad, protección social, educación…) y no deberá perder el tiempo en verse obligado a desarrollar legislativamente preceptos  constitucionales que sólo responden a las modas actuales impuestas por la desnortada izquierda populista identitaria, aquella que Félix Ovejero ha denominado con agudeza «izquierda reaccionaria». 

El cambio constitucional empezó bien, con un acuerdo más que mayoritario en que debía aprobarse una nueva Constitución ya que la vigente fue aprobada en tiempos de dictadura, aunque naturalmente ha sido muy reformada en estos casi 35 años de democracia. Pero quiso ser la salida al estallido social del otoño de 2019, una expresión de malestar parecido al que se produjo en España con el movimiento del 15-M de 2011. No siempre estas revueltas se resuelven con reformas políticas, menos aún constitucionales, pero si contribuía a apaciguar los ánimos no era mala solución.

Ahora bien, constituir una Convención constitucional al margen de las cámaras representativas, elegida democráticamente pero poco representativa por la alta abstención y condicionada por la paridad de sexos y la presencia obligada de representantes de las minorías indígenas, provocó que se escorara hacia la izquierda con escasa presencia de la derecha y del centro-izquierda, es decir, sin una buena parte del partido socialista. 

Las consecuencias se han comprobado en la votación del domingo. La Convención no solo demostró ser poco representativa sino que, además, fue imprudente: el texto es claramente político, en concreto de política identitaria, tanto en las cuestiones de género como en las indigenistas. La igualdad,  valor clave de las democracias junto con la libertad, quedaba claramente afectada. A lo largo de todo el texto -388 artículos y 57 disposiciones transitorias, que ocupan en conjunto 162 apretadas páginas- esta politización partidista se manifiesta con meridiana claridad.

«Una Constitución democrática no es un programa político, menos aún un programa político de parte minoritaria,  como se ha comprobado»

El error es técnico-jurídico: una Constitución democrática no es un programa político, menos aún un programa político de parte y, sobre todo, de parte minoritaria,  como se ha comprobado. Este error, además, es contrario a la democracia. En las constituciones se establecen las reglas de juego conforme a las que deben operar los ciudadanos y los poderes públicos. No se deben introducir otras cuestiones no normativas.

Contra una opinión muy extendida, en las normas jurídicas -en la Constitución y  en las leyes- a los ciudadanos se les limita su libertad al otorgarles derechos; siempre, naturalmente, que este límite sea para proteger los derechos de los demás ciudadanos, es decir para proteger la igual libertad de todos. En las democracias el valor libertad y el valor igualdad son distintos pero indisociables. 

Respecto a las instituciones públicas, las constituciones además de legitimarlas democráticamente, se las vincula al Derecho, a la Constitución y a las leyes, para que sólo puedan actuar según lo que estas establecen. Así pues, mientras el ciudadano es libre, y todos los ciudadanos son igualmente libres, las instituciones públicas no son libres, están absolutamente vinculadas a lo que prescriban las normas jurídicas, no tienen derechos sino deberes.  

En conclusión, los ciudadanos son libres excepto en aquellas actividades prohibidas por las normas jurídicas; los órganos del Estado sólo pueden y deben actuar cuando las leyes se lo impongan.  

Todo ello viene a cuento de que la Constitución no es un programa político sino una norma jurídica, la norma suprema a la que están subordinadas todas las demás. Perder de vista esta perspectiva es el gran error del proyecto chileno, derrotado, además, porque la Constitución, situada en la cúspide de las demás normas, tiene una función de integración social, es decir, convierte en normas jurídicas determinados principios y valores sobre los cuales existe un acuerdo social básico. 

Los resultados del referéndum constitucional chileno demuestran a las claras que algunas partes del proyecto aprobado por la Convención -solo algunas partes, que quede claro- no gozaban de este acuerdo social básico, especialmente estas opciones ocasionalmente partidistas, estas modas del momento que quizás, con el tiempo, pasen a gozar de este acuerdo, pero hoy todavía no. En esto ha fallado la Convención. 

Ahora lo que deben hacer Boric y sus partidarios es reformular la Constitución dándole un sentido más neutral, en el que todos, o la gran mayoría, se pongan de acuerdo, y en su caso intentar aprobar leyes que recojan estas finalidades de política identitaria que figuran en el proyecto fallido. Las constituciones deben ser estables, son aprobadas para que duren mucho; las leyes también pero menos porque es más fácil reformarlas, de acuerdo con los cambios democráticos que establecen los resultados electorales y que se reflejan en la composición de los parlamentos. 

Regular materias polémicas en las constituciones es un error. Esta es la lección que creo ha aprendido Boric tras el referéndum, esta es la que debía haber aprendido antes la Convención constitucional. Nunca es tarde para aprender y saber rectificar, los chilenos creo sabrán llevar a término este cometido. 

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