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El nieto de Franco se libra de ir a prisión por embestir a una patrulla de la Guardia Civil

El nieto de Franco fue condenado a 30 meses de cárcel por los delitos de atentado contra la autoridad, conducción temeraria y daños, pero finalmente fue absuelto

El nieto de Franco se libra de ir a prisión por embestir a una patrulla de la Guardia Civil

Francisco Franco Martínez-Bordiú, mejor conocido como Francis, se libra definitivamente de entrar en prisión por el atropello de dos guardias civiles.

El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo de un agente contra la absolución del nieto mayor del dictador Francisco Franco de varios delitos por los que fue previamente condenado por huir de la Guardia Civil y embestir a una patrulla en 2012.

El nieto de Franco fue condenado a 30 meses de cárcel por los delitos de atentado contra la autoridad, conducción temeraria y daños por un juzgado de lo Penal de Teruel, si bien más tarde la Audiencia de esta provincia le absolvió al considerar que no se practicó «prueba de cargo suficiente» como para desvirtuar la presunción de inocencia y que la identificación y el reconocimiento realizados no fueron concluyentes.

Ahora ha sido el Tribunal Constitucional quien ha puesto fin a la vía judicial en España contra Francis Franco al no admitir a trámite el recurso de amparo que interpuso uno de los agentes de la Guardia Civil, según ha adelantado el diario El País y han confirmado a Efe fuentes del tribunal de garantías.

En un escrito fechado el pasado 9 de septiembre, el TC considera que no existe la «especial transcendencia constitucional» como para estudiar el recurso, según las fuentes.

Franco Martínez-Bordiú fue acusado de conducir el coche que huyó de la Guardia Civil y acabó embistiendo a una patrulla el 30 de abril de 2012 en la carretera CN-234, que une Sagunto con Burgos.

Tras el juicio, la jueza de lo Penal determinó que había quedado acreditado que él era quien conducía el vehículo e incluso señaló que la defensa trató de «orquestar una explicación alternativa de carácter exculpatoria para el acusado».

Sin embargo, la Audiencia de Teruel revocó la primera sentencia al establecer que no se practicó «prueba de cargo suficiente» capaz de debilitar el principio constitucional de presunción de inocencia y de sustentar la condena.

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