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El Supremo avala rebajar penas por la 'ley del solo sí es sí' pero insiste en analizar caso a caso

Ha aumentado a nueve años la pena de prisión para los condenados por el ‘caso Arandina’, aplicando la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad

El Supremo avala rebajar penas por la ‘ley del solo sí es sí’ pero insiste en analizar caso a caso

Fachada del edificio del Tribunal Supremo | Jesús Hellín (Europa Press)

El Tribunal Supremo (TS) se ha pronunciado este martes sobre la aplicación de la ley del solo sí es sí en el marco del ‘caso Arandina’, estableciendo que se podrá rebajar la pena a los condenados por delitos sexuales debido a la entrada en vigor de la nueva norma, si bien ha insistido en la necesidad de analizar caso por caso.

Según ha informado el TS, desde la Sala de lo Penal se ha incidido en que la Ley 10/2022 podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora una pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, y no de forma global, según recoge Europa Press.

Esto contrasta con el criterio marcado la semana pasada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja «automática» de condenas. En concreto, el jefe del Ministerio Público dictó un decreto para que los fiscales diesen «una respuesta uniforme» a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de esta ley».

Es la primera vez que el Supremo se pronuncia públicamente sobre la ley que entró en vigor el pasado 7 de octubre, aunque no es la primera vez que analiza un caso de abuso y/o agresión sexual tras dicha reforma.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han indicado que este mismo martes la Sala Segunda analizará otros recursos de casación contra casos de abusos y agresiones sexuales ocurridos en Canarias, Andalucía y Castilla-La Mancha. La semana pasada, han precisado, el tribunal ya examinó otros, entre ellos uno referido a Baleares.

Los beneficiados por la reforma

El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del sólo sí es sí asciende al menos a 39, entre revisiones de condena a la baja (35) y sentencias posteriores en la aplicación de la norma (4). Un total de 10 personas han sido excarceladas.

Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, las fuentes consultadas por Europa Press han confirmado 20 en Madrid, tres en Cantabria, tres en Galicia, dos en Baleares, dos en Castilla y León, uno en Andalucía, uno en Asturias, uno en Castilla-La Mancha, uno en Murcia y uno en Canarias. 10 de estos 35 casos han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, uno de Galicia, y uno de Cantabria.

Las penas del ‘caso Arandina’ hubiesen sido mayores sin el ‘solo sí es sí’

El Supremo ha decidido aumentar a nueve años la pena de prisión para los dos exfutbolistas de la Arandina condenados por abusar sexualmente de una menor de edad en su piso en 2017.

Revisa así la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en el denominado ‘caso Arandina’, que supuso absolver a uno de los tres ex jugadores del club y reducir la pena de los otros dos desde los 38 años de cárcel a 4 y 3.

Los jueces han aplicado la ley del solo sí es sí, por lo que solo han aumentado a nueve años la pena de prisión, un año menos de lo que pedía la Fiscalía al entender el tribunal que hay que aplicar la norma más favorable. Con el antiguo Código Penal la condena habría sido de 10 años de prisión.

De esta forma, la Sala de lo Penal estima el recurso del Ministerio Público al eliminar la atenuante sobre la cercanía de edad entre los encausados y la víctima, que había aplicado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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