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Tribunales

La Fiscalía respalda juzgar a Ernst & Young por apropiación ilícita de secretos empresariales

La acusación solicita una multa de 10,8 millones contra la filial española de EY, que en su recurso dice ser objeto de una investigación con claro sesgo incriminatorio

La Fiscalía respalda juzgar a Ernst & Young por apropiación ilícita de secretos empresariales

Fachada de las oficinas centrales de Ernst & Young (EY) en Londres (Reino Unido). | Petra Figuero / Zuma Press / ContactoPhoto

La Fiscalía cree que existen indicios objetivos para abrir juicio oral contra a la filial española de Ernst & Young (EY) por presuntos delitos de apropiación y revelación de secretos empresariales. En un escrito, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el Ministerio Fiscal se opone al recurso presentado por la multinacional estadounidense contra el auto de la juez en el que se acuerda procesar a EY y cuatro de sus empleados. Un caso en el que la acusación particular solicita 10,8 millones de multa a la consultora y penas de siete a nueve años de prisión para cada uno de los cuatro trabajadores que, según la instructora, ficharon por EY en 2018 para crear un negocio idéntico al que desarrollaban en su anterior empresa.

Los hechos fueron denunciados hace cuatro años por KLB, consultora radicada en Barcelona y experta en optimización de costes para empresas. Esa mercantil creó en 2011 una Unidad de Negocio Tax & Finances Services (TFS) para las compañías que formaban parte de su fondo de negocio. Los principales responsables que trabajaban en esa unidad de KLB ficharon por la filial de Ernst & Young en Barcelona a principios de 2018llevándose consigo «el fondo de comercio de KLB, el know how y la cartera de clientes con todos los datos reservados», según el auto de transformación a procedimiento abreviado dictado en junio pasado por la titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona.

EY y sus cuatro trabajadores encausados niegan las acusaciones. Todos ellos han recurrido ante la Audiencia Provincial de Barcelona y el juzgado de instrucción para solicitar el archivo de las actuaciones y la revocación del auto de la juez. La consultora entiende que «la única prueba con la que se cuenta para abrir juicio oral» son los informes de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía Nacional. Documentos que los abogados de EY consideran que han sido elaborados con un «claro sesgo incriminatorio y sin rigor analítico».

Agentes de la UDEF entraron en diciembre de 2018 en las oficinas centrales de la consultora en Barcelona y en los domicilios de varios de los investigados. Tras analizar los servidores de EY y varios dispositivos de los encausados, los investigadores hallaron 530 archivos y carpetas que «evidencian el trasvase de información de KLB a EY», según la juez. La instructora concluyó que los antiguos trabajadores de KLB «orquestaron» un plan, junto a EY y uno de los socios de la multinacional, para «la apropiación del fondo de comercio» de esa empresa. También se habrían llevado «información confidencial relativa a las ventajas, rentabilidad económica, contratos con clientes e información de las empresas, facturación, datos financieros y contables».

Ernst & Young desacredita a la UDEF

Sin embargo, en su recurso, EY señala que el informe de la UDEF se ha realizado «sin contar con medios técnicos y expertos adecuados y sin analizar el contenido de los archivos, dando solo por probadas las descargas y el número de las mismas, concluyendo con absoluta ligereza que su título es indiciario de su contenido». Además, los abogados de la multinacional señalan que de la declaración de los nueve clientes que se fueron de KLB a EY se desprende que la información contenida en los archivos «no era de KLB sino de los propios clientes».

También alegan que los testimonios escuchados en sede judicial acreditan que EY no realizó un «ataque» a la consultora barcelonesa para llevarse a sus trabajadores: «La contratación (de los exempleados KLB) se efectuó a través de un head hunter, en una búsqueda abierta en la que EY no propuso ningún candidato». «La única prueba de cargo practicada es la que figura en el atestado policial, cuyas deficiencias técnicas, inconsistencias, omisiones y tergiversaciones de información se han puesto de manifiesto en las declaraciones testificales y periciales practicadas por el juzgado, y cuyos firmantes tampoco han comparecido ante el juzgado para ratificar su contenido», añade el recurso de EY.

A pesar de las alegaciones de la multinacional, la Fiscalía ha remitido un escrito al juzgado en el que se opone a la estimación de los recursos de reforma presentados por la filial española de la consultora y los cuatro encausados. El Ministerio Fiscal considera que el auto de la juez está ajustado a derecho y recoge «indicios objetivos dimanantes de lo actuado», por lo que avala la decisión de abrir juicio oral y abre la puerta a presentar escrito de acusaciones.

Piden 10,8 millones de euros de multa a EY

Por su parte, KLB (ahora Seven Degrees Global Partners) remitió su escrito de acusaciones a finales de julio. En él, solicita juzgar a los encausados por delitos de apoderamiento y revelación de secretos empresariales. Para EY, pide una multa de 5,4 millones de euros por cada uno de los delitos que le atribuye (10,8 millones de euros en total), además de la prohibición de realizar la actividad profesional Business Tax Advisory por un plazo de cinco años. También penas de entre siete y nueve años de prisión para cada uno de sus extrabajadores (32 años de cárcel en total).

En las conclusiones provisionales de su escrito de acusaciones, KLB solicita una indemnización de casi 1,9 millones de euros a todos ellos en concepto de responsabilidad civil por «el daño emergente, lucro cesante y perjuicio de la marca sufrido por KLB». «La conducta de los acusados ha causado un importantísimo daño económico y reputacional a KLB Group España y, precisamente, con plena conciencia de los acusados de que se infligía dicho daños en el momento en que KLB empezaba a recoger los fritos económicos de años de dedicación, inversión y trabajo», señala el escrito de la acusación particular.

En él, KLB hace un listado de los nueve clientes que se fueron a EY tras la contratación por parte de esta de sus exempleados. Entre ellos, Mediapro, Grifols o Laboratorios Esteve. Empleados de esas empresas prestaron declaración en sede judicial el pasado mes de junio. En el auto de transformación a procedimiento abreviado, la juez reconocía que las testificales y pruebas periciales aportadas por los imputados «corroborarían la versión de las defensas de que la mayor parte de la documental intervenida en los ordenadores no se habría obtenido de KLB sino de los clientes, que los investigados no habrían usado información a la que únicamente tenían acceso de KLB, sino que la información habría sido facilitada por los clientes únicos titulares de la misma».

La juez ve indicios suficientes

No obstante, la juez cree que existen indicios suficientes para acreditar que los encausados se llevaron información confidencial de KLB. Archivos que, según la magistrada, «descubrieron en beneficio propio a EY, compañía competidora donde crearon una unidad de negocio idéntica y ofrecieron los mismos servicios a clientes pero a través de EY, que hasta entonces no tenía este servicio en Barcelona, aprovechándose EY del trasvase de información de KLB». Todos ellos, según el relato de hechos efectuado por la titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona, fueron contratados por Ernst & Young a principios de 2018 con un salario superior al que percibían en KLB.

Del análisis de las pruebas obtenidas durante los registros, la UDEF concluyó que el exdirector de la unidad de TFS de KLB, «desde tiempo antes de su cese voluntario» como trabajador de la consultora ,«había iniciado contactos con EY con el objetivo, no solo de llevar a cabo su contratación por parte de esta empresa, sino también de los demás componentes del Departamento TFS de KLB en Barcelona que él dirigía».

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