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Los magistrados progresistas formularán votos particulares tras la decisión del Constitucional

La publicación de estas opiniones no cambia la decisión sobre las medidas cautelarísimas, pero indica la enorme fractura que existe en el tribunal

Los magistrados progresistas formularán votos particulares tras la decisión del Constitucional

Acceso al Tribunal Constitucional. | The Objective

La decisión del Tribunal Constitucional de estimar las medidas cautelarísimas que solicitaba el PP para tumbar la reforma exprés del Gobierno no ha dejado a nadie indiferente. Tampoco a los magistrados progresistas, que han anunciado su intención de formular votos particulares para mostrar su desacuerdo con la resolución adoptada. Estas opiniones personales adoptarán forma de auto y serán anunciadas en los próximos días. Su publicación no cambia la decisión del tribunal de garantías, pero indica la enorme fractura que existe.

Los votos particulares serán formulados por los magistrados Juan Antonio Xiol, Inmaculada Montalbán, Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y Ramón Sáez. Lo hacen después del intenso debate de más de nueve hora que ha tenido lugar este lunes en el Constitucional, que ha decidido por seis votos contra cinco aceptar a trámite el recurso y estimar las medidas cautelarísimas que pedían los populares.

La decisión tiene como consecuencia la paralización de la reforma aprobada el jueves en el Congreso y que continúa ahora su trámite en el Senado. No obstante, solo afecta a las dos enmiendas con las que PSOE y Podemos intentan acelerar la renovación del Constitucional. El procedimiento que elimina el delito de sedición y rebaja las penas por malversación sigue adelante. Una decisión sin precedentes que han criticado tanto los magistrados progresistas como los partidos que conforman el Gobierno.

La decisión del Constitucional

El Pleno del Constitucional acordó este lunes admitir a trámite el recurso de amparo planteado por el PP. Los diputados recurrentes alegan la vulneración de su derecho al ejercicio del cargo representativo de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución, que establece el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos por medio de representantes. Un asunto que, según los populares, dificultan las enmiendas presentadas por PSOE y Podemos.

La formación que preside Alberto Núñez Feijóo alega que supone «un atropello del poder legislativo» y critican el uso de la proposición de ley (reservada para cuestiones de urgencia y sin necesidad de informes preceptivos) y la vía de la enmienda para «saltarse todos los controles de legalidad» con las reformas planteadas para rebajar las mayorías del CGPJ. Además, afirman que los asuntos tratados no guardan «conexión de homogeneidad con el texto enmendado».

Los magistrados considerado que la cuestión planteada por el PP en el recurso de amparo tiene especial trascendencia constitucional al estimar que «trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social», que, además, tiene «unas consecuencias políticas generales», como ya recoge una sentencia de 2009 del órgano encargado de velar por la constitucionalidad de las leyes.

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