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Una falsa víctima de violencia recibe ayudas como maltratada gracias a un 'fallo' de la ley

Una madrileña logra acceder a ayudas públicas pese a cuatro sentencias en contra y tras perder la custodia de su hijo

Una falsa víctima de violencia recibe ayudas como maltratada gracias a un ‘fallo’ de la ley

La directora general de Igualdad, Patricia Reyes, inaugura el acto institucional de conmemoración del 25N, en la Real Casa de Correos, a 25 de noviembre de 2021, en Madrid, (España). | Europa Press

Cualquier mujer que reclame el programa de ayuda a las víctimas de violencia de género puede llegar a obtenerla sin serlo. Así lo admite la Comunidad de Madrid tras descubrir THE OBJECTIVE un caso de una falsa víctima que mantiene el título habilitante para acceder a subsidios sociales de la región pese a que su expareja ha sido absuelto en cuatro juicios.

El Ejecutivo madrileño admite conceder el ‘carné de maltratada’ con el único requisito de someterse a una valoración social para que el Ayuntamiento determine si necesita acceder a una serie de servicios y prestaciones establecidos en la resolución del 2 de diciembre de 2021 (ley 1/2004) y en la ley autonómica 5/2005. Para ello, se diferencia entre atención social y jurídica, y desde la Consejería de Familia, Juventud y Política Social se subraya a este diario que, en el primer caso, lo más relevante es ayudar a quien lo necesita.

En diciembre de 2004, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se llevó a cabo la primera ley integral contra la violencia de género en España. Su principal objetivo era prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres y los menores sujetos a su tutela. Aquel año hubo 72 mujeres asesinadas a manos de sus parejas. Un año más tarde, el Partido Popular aprobó la ley 5/2005 en la Comunidad de Madrid. Por primera vez, las mujeres víctimas tenían acceso a un título habilitante que acredita su condición y les proporciona «algunos derechos reconocidos».

Requisitos para acceder al título habilitante de víctima de violencia de género en Madrid

Los requisitos para acceder al «título habilitante de víctima de violencia de género» en la Ley 5/2005 son claros en el artículo 31: si se ha presentado denuncia, que exista una sentencia condenatoria, resolución judicial en la que se deduzca que la mujer ha sido víctima, orden de protección o medida cautelar vigente, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima o atestado elaborado por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado presenciando alguna manifestación de violencia de género.

Si no existe denuncia, entonces debe existir una resolución administrativa por acoso por razón de sexo, es decir, un informe técnico acreditativo que revele esa condición, o informes técnicos motivados que se eleven a la Dirección General de la Mujer. Para realizar dichos informes sólo es necesario la palabra de la mujer, nada más.

En Madrid, al menos hay un caso de una beneficiada con acreditación de víctima cuyas denuncias han sido desestimadas en varios procesos administrativos y judiciales. Se trata de la exmujer de Antonio, quien se considera «víctima de las instituciones» ya que, pese a haber sido acusado hasta en cuatro ocasiones por delitos de violencia de género contra su expareja y su hijo, ha sido declarado inocente de todas ellas.

Así lo demuestran las resoluciones judiciales firmes y su certificado actualizado de antecedentes penales a los que ha tenido acceso este periódico. Asimismo, aún existiendo un informe de la Policía Nacional en contra de su exmujer y tras habérsele retirado la custodia y la patria potestad de su hijo por maltrato continuado, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid le han otorgado el «título de víctima de violencia de género».

Certificados de la no existencia de antecedentes en Antonio y el problema psiquiátrico de la falsa víctima

La Policía subraya la poca colaboración de la supuesta víctima, quien ha entrado en cólera en varias ocasiones ante los agentes y les ha cortado la comunicación por teléfono al no hacer lo que ella les demanda, según confiesa el padre señalado en este caso. Las «incoherencias y divagaciones» de dicha mujer a lo largo de un año terminaron por tumbar el caso. Todo ello en contra de la opinión de la asociación Hermanas Mirabal, espacio de Igualdad creado por Manuela Carmena, que recibió en 2016 un millón de euros en subvenciones y 2,3 millones de euros si se suma lo recibido en 2017. Esta entidad envió al juzgado un escrito contra Antonio por haberles «acosado/coaccionado» tras reclamar que su expareja dejase de ser atendida por «hacer un mal uso de los recursos destinados a mujeres maltratadas».

Antonio, siguiendo el protocolo de la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid, envió toda la documentación probatoria de su inocencia, que acreditaba que su exmujer no era víctima de violencia de género, al departamento de Políticas Sociales así como al CAPSEM Norte (red municipal de centros contra la violencia de género) y Hermanas Mirabal (Espacio de Igualdad), los cuales dependen del Ayuntamiento. Todas estas instituciones hicieron caso omiso de toda la documentación probatoria enviada. De hecho, el CAPSEM Norte reconoce en sus informes que ha recibido documentación, pero expone que «no se valora contestación al respecto» al recurrente.

La respuesta del CAPSEM Norte

Con la vía judicial perdida, la demandante solicitó el «carné de maltratada» y, a pesar de existir denuncia en su contra, cuatro resoluciones judiciales archivadas en firme y un informe de la Policía Nacional en contra de la mujer; y pese a habérsele retirado la custodia y patria potestad de su hijo, la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid optaron por otorgarle dicha acreditación de «víctima de violencia de género» en mayo de 2021.

Lo hacen a través del CAPSEM Norte, a la que solo pueden acudir mujeres. La luz verde, con firma incluida, la obtiene de Cristina López-Cobo Arroyo, directora General de Igualdad en aquel momento cuando Ciudadanos dirigía esta consejería.

La Comunidad de Madrid aprueba otorgar el carné de maltratada a la falsa víctima

Para ello, pese a conocer las sentencias judiciales, la exmujer de Antonio recibió el apoyo y soporte de una trabajadora social, una educadora social, una abogada y una psicóloga, que afirman en su informe haber tenido dos citas con ella, haber realizado 12 sesiones telefónicas y haberla orientado en su proceso social y jurídico. Patricia Reyes, directora general de Igualdad en la Comunidad de Madrid, es quien contesta a Antonio tras enviar éste un escrito con toda la documentación a Políticas Sociales de la CAM, rechazando su solicitud y resaltando que se han basado en la Ley 5/2005.

A juicio de Antonio, el Ejecutivo madrileño incurre en una clara vulneración a su presunción de inocencia. Primero, saltándose la ley en la que ellos mismos dicen basarse. Segundo, en función a la Sentencia 8/2017 contra el Reino de España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: «No puede admitirse que se siembren sospechas sobre la inocencia de un acusado tras una absolución que haya adquirido carácter de firmeza», recuerda.

«Para aspirar a contar con estas ayudas, debes ser víctima de un maltratador y, si no existe maltratador, nunca puede existir víctima», asevera a este periódico. En su opinión, tanto la red municipal de centros contra la violencia de género, la asociación Hermanas Mirabal y los cargos políticos firmantes podrían haber cometido un delito de prevaricación.

Ventajas del ‘carné de maltratada’

Las ayudas y ventajas que son habilitadas con este «carné» son bastante de tipo económico. Si se cuenta con menores en cuidados paliativos pediátricos, recibirán un único pago de más de 8.000 euros. Y, con independencia de los menores a su cargo, podrán recibir una ayuda de entre 600 y 900 euros al mes para pagar el domicilio gracias al nuevo plan estatal de acceso a la vivienda. Todo ello sumado a ventajas en el trabajo, becas o transporte público.

En este caso, el carné fue concedido en mayo de 2021 por la aplicación de la ley 5/2005. Actualmente, con la Resolución de 2 de diciembre de 2021 es incluso más sencilla la forma de obtenerlo. Según el propio BOE, la solicitud de la acreditación administrativa ya puede darse, sin haber interpuesto denuncia e incluso cuando los procesos judiciales han quedado archivados o sobreseídos. Es decir, basta con la voluntad para poder acceder a ventajas económicas sufragadas con dinero público.

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