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Tribunales

Interior establece que en las detenciones se buscará respetar el «honor» del investigado

la detención debe hacerse teniendo en cuenta los parámetros de «oportunidad y necesidad, sin vulnerar otros derechos

Interior establece que en las detenciones se buscará respetar el «honor» del investigado

Vehículo de Policía Nacional estacionado frente a la Jefatura Superior de Policía Nacional | Policía Nacional

El Ministerio del Interior ha actualizado el protocolo de detenciones para proteger mejor los derechos de los investigados, lo que incluye que en los arrestos se tengan en cuenta los criterios de «oportunidad y necesidad» para no dañar el «honor» del encausado.

Según informó Interior este jueves, estos cambios figuran en la Instrucción 1/2024, firmada por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, que agrupa el contenido de hasta trece normas previas y recoge los últimos criterios de tribunales y otras instituciones.

Entre las novedades, destaca que la detención debe hacerse teniendo en cuenta los parámetros de «oportunidad y necesidad, de modo que no debe vulnerar de manera innecesaria otros derechos fundamentales como al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de datos carácter personal».

En este sentido, el protocolo hace referencia expresa a la «figura de la persona investigada no detenida» como medida de actuación alternativa a la detención, en función de las circunstancias concurrentes en el caso y de acuerdo con lo previsto en la legislación procesal vigente.

«Lenguaje comprensible»

Además, la norma detalla todos los derechos del arrestado, tanto en la detención como en la custodia posterior. Se adaptará la información sobre esos derechos a colectivos vulnerables.

En el caso de los miembros del colectivo LGTBI, y en particular las personas trans, la instrucción incorpora las recomendaciones de la Organización de Naciones Unidas y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos. Se busca «garantizar el máximo respeto y erradicación de cualquier situación que pueda suponer discriminación en función de la orientación sexual, identidad de género o características sexuales de la persona arrestada».

En el caso de los menores de 14 años, la actuación policial será siempre de carácter protector administrativo, presidida por el principio de interés superior del menor. La instrucción también prevé medidas para prevenir conductas de autolesión de detenidos. A extranjeros se les aplica el mismo protocolo, con asistencia de intérprete.

Otro aspecto destacado es la obligación de informar a la persona detenida de sus derechos, de los hechos que se le atribuyen y de las razones que motivan su privación de libertad en un «lenguaje comprensible y que resulte accesible». Esta expresión debe estar adaptada a la edad, grado de madurez, discapacidad y cualquier otra circunstancia personal de la que pueda derivar una limitación de la capacidad para entender el alcance de la información que se le facilita.

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