Confirmado: la LPH te prohíbe subir a tomar el sol o tender la ropa en la azotea de tu edificio si no está en los estatutos
La seguridad y la estética del inmueble son lo primero y si ignoras las normas podrían prohibirte la entrada a la terraza

Ropa tendida en la azotea de la comunidad | GeminiPro
Vivir en un bloque que tenga azotea es visto como un privilegio por muchas personas, ya que consideran que puede ser utilizada para cosas como tender la ropa, tomar el sol o simplemente pasar el rato. Sin embargo, si eres de los que piensan esto deberías recapacitar o podrías tener que enfrentarte a multas inesperadas. El usar la azotea para fines propios con tal de aprovechar el calor puede ser considerado una infracción, establece la Ley de Propiedad Horizontal (LPH); por lo que deberías revisar con atención los estatutos de la comunidad si quieres asegurarte de que todo esté en orden.
Debes hacer un buen uso de la azotea
A pesar de que las azoteas de los edificios parezcan espacios vacíos en los que se pueden hacer todo tipo de cosas sin molestar, la realidad es otra completamente distinta. La mayoría de azoteas solo están diseñadas para proteger el edificio de las lluvias, del frío y del calor; lo que quiere decir que estas no tienen por qué estar preparadas para aguantar el peso de gente caminando sobre ellas. Esto puede parecer una tontería, porque ¿cómo no va a aguantar una azotea el peso de una persona? La respuesta es mucho más sencilla de lo que parece.

Para que una azotea pueda ser utilizada por el resto de vecinos ha de contar con una serie de requisitos que no pueden saltarse: un buen suelo y ser seguras. El primero es uno de los requisitos más importantes, ya que si la azotea no está destinada a que haya vecinos pasando sobre ella, el pavimento puede acabar deteriorándose, provocando que la protección de este sobre el edificio sea mucho menor y por tanto desembocar en goteras al vecino de abajo. Además, es necesario que estas cuenten con ciertas medidas de seguridad si la gente va a estar subiendo a ellas, como pueden ser barandillas altas para evitar caídas.
Si subes a una azotea que no cumpla estas condiciones estarías haciendo un uso indebido de la misma, lo que va en contra de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Así lo explica su artículo 9, el cual explica que todos los propietarios tienen la obligación de «respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».
¿Por qué no se puede tender en las azoteas?
Esta es una de las preguntas más comunes entre los vecinos, ya que la mayoría no entiende por qué ese espacio no puede ser utilizado para una tarea tan inofensiva como tender la ropa. La respuesta a esto vuelve a estar en los estatutos de la comunidad. Tender la ropa en la azotea puede prohibirse por dos simples razones:
- Seguridad: tender la ropa en una azotea que no esté preparada puede suponer un riesgo para la seguridad de las personas, ya que alguien podría caerse o tener algún tipo de accidente mientras tiende. Si esto pasa, la responsabilidad caería directamente sobre la comunidad por permitir este tipo de prácticas sin que la zona estuviera protegida.
- La estética de edificio: tender la ropa en la azotea de tu edificio podría modificar en cierto modo la forma en la que el edificio se ve. Si cuando se tiende ropa, esta es visible desde fuera, es muy común que dicha práctica esté prohibida en los estatutos. Es importante cuidar los elementos comunes y mantener una buena estética del inmueble, así lo explica el artículo 7 de la LPH: « El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad».
¿Y si decides ignorar las reglas?
Si sigues actuando por cuenta propia sin hacer caso a las normas establecidas, la comunidad puede acabar demandándote acusándote de realizar actividades que no están permitidas, apoyándose en el artículo 7.2: « Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas». Además, si esto pasa y el caso llega a los tribunales, un juez podría prohibirte la entrada a la azotea de forma definitiva e incluso obligarte a pagar las reparaciones si has causado alguna filtración de agua.
