La juez archiva la causa contra Miguel Ángel Rodríguez por difundir datos de periodistas
La magistrada cierra la causa después de que González Amador ratificase que fue un vecino quien le envió las fotos

miguel angel rodriguez.
La magistrada que investiga a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha archivado la causa en su contra por enviar el nombre y los apellidos de dos informadores de El País, al no ver indicios de un delito de revelación de secretos, según han confirmado a EFE fuentes jurídicas.
La titular de la sección de instrucción del tribunal de instancia número 25 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional de esta causa, en la que Rodríguez fue denunciado por enviar el 19 de marzo de 2024 a un chat de periodistas la foto de dos informadores de El País, su nombre y apellidos en un mensaje en el que indicaba que habían estado «acosando a los vecinos de la presidenta, incluido niñas menores de edad, en un acoso habitual en dictaduras» y adjuntando una foto.
En su auto, al que ha tenido acceso EFE, la magistrada apunta a que a que Rodríguez no envió en su mensaje datos de carácter reservado y que no ha quedado acreditado que estos datos o la imagen de los informadores fueran obtenidos de forma ilícita, como sospechaban y denunciaron el PSOE y El País, ya que la información no fue obtenida por los agentes policiales que identificaron a los periodistas, sino por la foto enviada por un vecino.
La magistrada archiva la causa después de que la pareja de Ayuso, Alberto González Amador, ratificase el pasado martes, en su declaración como testigo, la versión que dio Rodríguez: que fue el novio de la presidenta madrileña quien le envió una foto que le mandó un vecino, a quien identificó. También aportó más imágenes que recibió aquel día.
Tras valorar toda la prueba, la instructora concluye que no ha quedado acreditado que el nombre, los apellidos o la imagen de los periodistas procedieran de información facilitada por agentes policiales.
Por el contrario, considera probado que la fotografía fue enviada por un vecino del edificio y que Rodríguez ya conocía la identidad de ambos periodistas por su actividad profesional y por haber mantenido encuentros con ellos, además de que tanto sus nombres como sus fotografías figuraban publicados en el propio periódico para el que trabajan.
La magistrada añade que, al margen del contenido del mensaje difundido y del «tono o las expresiones utilizadas por su emisor», el texto no contenía datos reservados o de carácter personal de los periodistas ni se ha acreditado que esos datos o la imagen hubieran sido obtenidos mediante alguna de las formas ilícitas previstas en los artículos del Código Penal invocados por los denunciantes.
Por ello, acuerda el archivo provisional de las diligencias al no resultar debidamente justificados los hechos denunciados. Contra la resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días y recurso de apelación en los cinco días siguientes.
