La Justicia condena a RTVE por emitir un bulo sobre Ayuso en 'Mañaneros 360' de Javier Ruiz
El programa de TVE deberá rectificar en un plazo de tres días una información « tendenciosa y no ajustada a la verdad»

Javier Ruiz. | Gtres
El Juzgado de Primera Instancia n°72 de Madrid ha dado la razón a la Comunidad de Madrid y condena a RTVE y su presidente, José Pablo López, por difundir «información tendenciosa y no ajustada a la verdad» sobre el Gobierno regional y la presidenta Isabel Díaz Ayuso el pasado mes diciembre en una emisión del programa Mañaneros 360, presentado por Javier Ruiz.
El tribunal, cuyo titular es por la juez Sonia Lence, condena a emitir de forma íntegra una rectificación en Mañaneros 360 sobre la concesión por parte de la Comunidad de Madrid de una subvención anual al Colegio de Abogados de Madrid y sobre su centro universitario, que el programa de Javier Ruiz trató de relacionar con el juicio que se seguía en el Tribunal Supremo contra el entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que terminó condenado por revelación de secretos.
Pese al requerimiento de la Comunidad de Madrid para que dicha información fuese rectificada, el programa conducido por Javier Ruiz se negó a hacerlo y la sentencia ahora le exige difundir la rectificación en un plazo de tres días desde la notificación «en el mismo horario y con una relevancia semejante a la de la noticia original». La sentencia, además, obliga a pagar las costas procesales a RTVE.
La comunidad de Madrid demandó a la corporación pública y a su presidente, José Pablo López, por la emisión en antena de un rótulo que vinculaba la subvención al Colegio de Abogados con el papel de este como acusación en el caso contra el exfiscal general del Estado. El rótulo rezaba en pantalla: «Ayuso premia a la acusación contra el fiscal. Subvención de 43 millones para el ICAM a una semana de la denuncia al fiscal, y después, licencia para convertirse en universidad».
Tras la emisión de este rótulo, desde el Gobierno regional se envió una comunicación oficial al director del programa solicitando la rectificación de dicha información, sin que esta se llevase a cabo.
El tribunal considera en su sentencia que Mañaneros 360 obvió que la subvención a la que se refería no es otra cosa que el pago del turno de oficio -parte esencial de la justicia gratuita- , una omisión que acredita la tendenciosidad y falta de veracidad por la que ha sentenciado al ente público.
