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Condenados a dos años de cárcel 12 raperos por enaltecer a los GRAPO y ETA en sus canciones

Condenados a dos años de cárcel 12 raperos por enaltecer a los GRAPO y ETA en sus canciones.

Condenados a dos años de cárcel 12 raperos por enaltecer a los GRAPO y ETA en sus canciones

Reuters

La Audiencia Nacional ha condenado a una pena de dos años de cárcel por un delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo a doce raperos que forman parte del colectivo “La Insurgencia” y que publicaron canciones a través de la red social Youtube en las que se ensalza a la organización terrorista GRAPO-PCE(r) y a 21 de sus miembros.

En una sentencia de la Sección Cuarta, con el voto discrepante de la presidenta, Ángela Murillo, los magistrados analizan las letras de las canciones y consideran que contienen “continuadas alusiones que desprovistas de cualquier otra consideración entrañan abiertamente una loa a la organización terrorista GRAPO y que, además, si bien de forma puntual, aúnan aquella a la organización terrorista ETA, a la que igualmente citan”, señala una nota de prensa difundida por la Audiencia Nacional. Los magistrado señalan que el contenido de las canciones “concitan a una operativa como la empleada por sendas organizaciones terroristas” con fuerte “ahínco (en) las llevadas a cabo por GRAPO”.

Entre las letras de algunas de las canciones estudiadas por la Sala han destacado las siguientes estrofas: “Aquí se apoya la insurrección armada, el que no sea partidario se convierte en adversario”; “hacen falta comandos que empuñen las pistolas”; “también hacen falta muchos contendores ardiendo”; “El capitalismo no puede reformarse debe destruirse mediante la fuerza, al gulag malditos sinvergüenzas” o “me miro la cartera no me queda nada, dime cómo no voy a pensar en la lucha armada”.

A su juicio, del contenido de las letras se constata “inequívocamente” que el contenido de las canciones se orienta a exaltar a los GRAPO, a sus integrantes y a sus actividades, incitando a la violencia terrorista, al igual que la perpetrada por ETA, aunque en menor medida.

El Tribunal destaca que cualquiera que sea la fórmula para trasmitir un pensamiento o una idea no puede traspasar los límites de lo tolerable en lo que a libertad de expresión se refiere, de manera que al amparo de la singular música desarrollada por los acusados, su conducta no puede quedar extramuros del Código Penal. De no entenderlo así, insisten, podría generar una amplia parcela de impunidad, añade la nota de prensa.

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