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Economía

Cs denuncia en Bruselas la asignación a dedo de 30 millones en fondos UE a CEOE y UGT

Ciudadanos ha llevado al Parlamento Europeo la «arbitrariedad» de la concesión. Mientras, pymes y autónomos se rebelan y Conpyme ha acudido al Supremo

Cs denuncia en Bruselas la asignación a dedo de 30 millones en fondos UE a CEOE y UGT

La asignación "arbitraria" de 30 millones a CEOE, Cepyme y UGT llegará al Supremo. | Europa Press

El pasado mes de diciembre, el Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, daba luz verde a una subvención directa de 30,6 millones a UGT, CEOE y Cepyme. La concesión, financiada con fondos UE, tenía como objeto el desarrollo y ejecución de acciones formativas en digitalización aplicada al sector productivo, fue inmediatamente cuestionada por otros sindicatos y agrupaciones empresariales, que vieron una clara arbitrariedad en esta adjudicación directa.

De hecho, la Confederación Nacional de Pymes (Conpymes) ya ha decidido llevar esta subvención, enmarcada en el objetivo 298 del Plan de Recuperación de España para la formación digital de personas empleadas y desempleadas, al Tribunal Supremo, donde presentará un recurso. La organización entiende que la ayuda, financiada con fondos UE, es «contraria al interés público, a la Constitución y a la Leyes y derechos e intereses de las micro, pequeñas y medianas empresas españolas».

La polémica también ha aterrizado en Bruselas a través de una pregunta con respuesta escrita formulada por la eurodiputada de Ciudadanos y vicepresidenta de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, Eva María Poptcheva. La interpelación de la europarlamentaria, a la que ha tenido acceso de THE OBJECTIVE y que ya tiene respuesta de la Comisión Europea, pone en cuestión el modo en que se ha ejecutado esta ayuda.

Fondos UE

Desde el Grupo europeo de Ciudadanos destacan que el Real Decreto 1027/2022 sustituye las subvenciones que ya existían de acuerdo al RD 1104/2020, anterior a la aprobación del Plan de Recuperación y enmarcado en el Plan Estratégico de Formación Profesional de 2018. De esta forma, ayudas ordinarias incorporadas en el Presupuesto de Educación estarían financiadas ahora con cargo a los fondos de recuperación.

La eurodiputada Poptocheva pregunta, a partir de lo recogido en el considerando 20 del Reglamento (UE) 2021/241, si se ha ignorado el principio de adicionalidad. El citado apartado del reglamento dice literalmente que «el Mecanismo -de Recuperación debe apoyar proyectos que respeten el principio de adicionalidad de la financiación de la Unión. El Mecanismo no debe sustituir, salvo en casos debidamente justificados, a los gastos nacionales ordinarios».

También plantea que, dado que en España hay registradas más de 40 organizaciones de representación colectiva, si está justificada la concesión directa de las subvenciones sin un proceso competitivo.

Se evaluará el próximo año

La Comisión, en su respuesta, descarta que se haya vulnerado el adicionalidad, ya que la norma estatal estaba prevista para los presupuestos 2020 y 2021 y la financiación europea para los años 2022 y 2023. «En consecuencia, ninguna de esas medidas se origina en compromisos jurídicos previos al período de vigencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, ni sustituye a gastos públicos o gastos estructurales equivalentes del Estado miembro», señala el comisario Paolo Gentiloni.

Sin embargo, la Comisión no deja del todo cerrado el asunto. Reconoce que tendrá que evaluar la correspondencia entre ambos Reales Decretos y las disposiciones de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se aprueba el PRR en el contexto de la séptima solicitud de pago, que se espera recibir durante el primer semestre de 2025.

Junto a esto, puntualiza, que «sin perjuicio de sus competencias en cuanto guardiana de los Tratados, la Comisión no es competente para evaluar si los procedimientos seguidos para la distribución de los fondos cumplen el Derecho nacional. Dicha competencia corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales. A este respecto, en su sentencia STS 1571/2022, el Tribunal Supremo español confirmó que la decisión de concesión directa establecida en el Real Decreto 1104/2020 se ajusta al Derecho nacional».

Recurso en el Supremo

El pasado febrero, la Asamblea Extraordinaria Confederación Nacional de Pymes acordó, por unanimidad, interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto del Gobierno. Pimem, socio fundador de la patronal estatal, dio apoyo a dicho recurso el cual considera necesario. 

Desde la organización empresarial se apuntaba que estas concesiones «deben llevarse a cabo con mecanismos transparentes que garanticen el acceso en igualdad de condiciones de todas las organizaciones, máxime cuando el Ministerio de Trabajo y Economía Social reconoció la inexistencia de un sistema de acreditación de la representatividad empresarial al no existir desarrollo reglamentario. Cosa distinta es la que sucede con las organizaciones sindicales, que sí que gozan de mecanismos transparentes y regulados de reconocimiento de su representatividad».

La confederación calificó de «cacicada» que el Gobierno aprobase un Real Decreto, promovido a instancias del Ministerio de Educación y Formación Profesional, donde se utilizan unos argumentos para tratar de justificar la concesión nominativa de estas ayudas a solo dos organizaciones empresariales. Aseguraba la organización que el Ejecutivo era «perfectamente conocedor de que solo podrían utilizarse si se hubieran desarrollado los mecanismos que garanticen el acceso a esa colaboración a todas las organizaciones que puedan acreditar su representatividad».

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